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Es un «abuso» que se elija consejeros del ICHITAIP por mayoría: Maru Campos

Luego que se diera a conocer que la elección para los consejeros del ICHITAIP será a través de la «mayoría», la diputada de Acción Nacional, Maria Eugenia Campos dijo «Es Complicidad, un capricho de ellos mismos y de esas dos consejeras que quieren que permanadoezcan en el puesto las dos mismas consejeras propietarias y a los cinco suplentes».

Luego que se diera a conocer que la elección para los consejeros del ICHITAIP será a través de la «mayoría», la diputada de Acción Nacional, Maria Eugenia Campos dijo «Es Complicidad, un capricho de ellos mismos y de esas dos consejeras que quieren que permanadoezcan en el puesto las dos mismas consejeras propietarias y a los cinco suplentes».

Esto es es un «abuso·como todas las reformas aprobadas por mayoría, no se atiende a la que la ciudadanía nos encomendó el pasado mes de julio, se atiende a un capricho nada más esto es una complicidad, están cometiendo un delito hacia la ciudadanía los diputados del PRI.

Ya que los diputados del PAN tenemos un mandato con la ciudadanía y nos piden que hagamos las cosas como nos los indica la legislación o una autoridad competente, pe roa la ciudadanía va a quedarle muy claro que en el 2015-2016, no podemos tener esa concentración del poder y este abuso por parte de las mayorías legislativas legislativas, son impuestas».

Por último dijo que la bancada del PAN no votará, aunque sea mayoría para que estas personas continuen en este cargo.

maru campos

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Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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