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Chihuahua

«Estamos para servir a los productores de Chihuahua» : AMLO

El presidente de la República Mexicana, Andrés Manuel López Obrador, durante la conferencia de prensa matutina que realiza desde Palacio Nacional, enfatizó que no hay represalias de ninguna especie contra los agricultores del estado de Chihuahua, luego del movimiento de la defensa por el agua que llegó a un punto álgido el 8 de septiembre de 2020, y añadió, que el gobierno federal está al servicio de los trabajadores del primer sector.

 

“Que no se queden con la idea de que nosotros estamos en contra de los agricultores de Chihuahua, porque hicieron el movimiento para que no se entregara el agua a Estados Unidos y que por eso ya los tenemos castigados. No. Ahí lo que pasó es que nosotros tenemos que cumplir, porque es un convenio internacional y no nos convenía dar motivo para una represalia, porque nos iba a afectar mucho”, manifestó el presidente López Obrador.

 

El movimiento por la defensa del agua para impedir más extracciones a las principales presas chihuahuenses que son tributarias al río Bravo, registró un punto álgido el 8 de septiembre de 2020, cuando los productores tomaron la presa La Boquilla para desalojar a elementos de la Guardia Nacional, para impedir que se extrajera más agua de los embalses cuya agua ya había sido concesionado para uso de riego en los sembradíos del Distrito 005, en la región Centro-Sur del estado.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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