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Estas son las razones por las que el SAT no regresa el saldo a favor automáticamente

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió el plazo para que las personas físicas presenten su Declaración Anual 2020 hasta el próximo 31 de mayo, con el objetivo de que la mayor cantidad de mexicanos presentaran este ejercicio fiscal en tiempo y forma.

Aunado a esto, el SAT ofrece la opción a los contribuyentes de obtener la devolución automática de su saldo a favor. Si bien ésta se realiza las primeras dos semanas después del plazo iniciado, existen algunos factores por los cuáles el SAT no te devuelve este dinero a tu cuenta bancaria.

¿Ya presentaste este año tu declaración anual y todavía no recibes tu saldo a favor? Aquí te decimos las razones por las cuáles el SAT no ha procedido automáticamente. Toma nota de todo.

¿Por qué el SAT no ha hecho la devolución automática de mi saldo a favor?
El organismo gubernamental estableció una serie de criterios para hacer la devolución automática de este dinero; aquí te las explicamos:

-Debes tener vigente tu e.firma para montos mayores a 10 mil y tu contraseña para cantidades menores
-Si el saldo es mayor a 10 mil, pero menor a 50 mil pesos, puede obtenerse con la contraseña y la CLABE registrada en el sistema del SAT
-En caso de que el SAT rechace tu solicitud de devolución automática, puede presentar una aclaración a través de su sitio web. Si el problema persiste, deberás solicitarla de forma ‘antigua’ mediante la solicitud Formato Electrónico de Devoluciones.

Acontecer

Aclaran que en diciembre no hay descuento directo en el impuesto predial

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La Subdirección de Ingresos de la Tesorería Municipal aclaró que durante el mes de diciembre no se aplica un descuento directo al monto del impuesto predial, luego de que se detectara confusión entre algunos contribuyentes que consideran que el pago es menor en este periodo.

En entrevista, la subdirectora de Ingresos, Vanessa Aguirre, explicó que el beneficio vigente consiste en un descuento del 100 por ciento en los recargos generados por adeudos anteriores, lo que permite a la ciudadanía regularizar su situación fiscal sin cargos adicionales. Precisó que esta medida no implica una reducción en el monto base del impuesto correspondiente al ejercicio fiscal.

La funcionaria detalló que los descuentos que sí impactan directamente el monto del predial están contemplados en la Ley de Ingresos y se aplican únicamente durante los primeros meses del año. Señaló que en enero, febrero y marzo existen incentivos autorizados que permiten a los contribuyentes pagar menos impuesto, a diferencia de lo que ocurre en diciembre.

Aguirre subrayó que el beneficio vigente en este mes tiene como finalidad facilitar la regularización de adeudos acumulados, eliminando los recargos, pero sin modificar el importe original del impuesto. Añadió que esta distinción es importante para evitar malentendidos y expectativas incorrectas al momento de realizar el pago.

Finalmente, la subdirectora de Ingresos reiteró el llamado a la ciudadanía para consultar información únicamente a través de los canales oficiales de la Tesorería Municipal, con el fin de conocer con precisión los beneficios fiscales disponibles y las fechas en que se aplican. Indicó que mantenerse informado permite a los contribuyentes aprovechar correctamente los incentivos establecidos y cumplir de manera oportuna con sus obligaciones fiscales.

La Tesorería Municipal mantiene vigentes sus mecanismos de atención para resolver dudas relacionadas con el impuesto predial y otros trámites fiscales.

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