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Éstas son las sanciones que impondrá el SAT en caso de una discrepancia fiscal

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A partir de este año entrarán en vigor varios cambios importantes en materia fiscal, uno de ellos es el endurecimiento de la discrepancia fiscal en el uso de las tarjetas de crédito.

Aunque esta medida no es nueva y su implementación se retrasó unos meses para ser puesta en marcha este 2021, el tema ha generado preocupaciones por parte de los contribuyentes debido al énfasis de las autoridades fiscales para vigilar sus ingresos, así como las multas y sanciones derivadas en caso de detectar gastos superiores a los declarados.

Las sanciones impuestas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en caso de detectar una discrepancia fiscal no sólo son monetarias, si la situación se complica, las autoridades pueden acusar al contribuyente de defraudación fiscal, delito que amerita prisión.

Humberto Ramírez, cofundador y director general de la plataforma contable Facturama explicó que estas multas dependerán de la gravedad de la omisión, de la reincidencia, e incluso del tiempo transcurrido desde que se cometió la falta. Para determinar el tipo de multa es necesario un proceso de auditoría por parte de la autoridad fiscal.

A su vez, Simón Díaz, director general de la plataforma contable El20.mx, señaló que el SAT ahora cuenta con más facultades para fiscalizar con mayor precisión los ingresos de los contribuyentes y una forma de hacerlo, es a través de los gastos.

“Es una forma más de fiscalizar y de tener un control más estricto de esos ingresos que aparentemente el SAT pudiera suponer que se están declarando y el contribuyente no informó. Obedece al tema de lo que se gana versus lo que se gasta. Si el contribuyente gana más de lo que reporta al SAT, ahí entra el término de discrepancia fiscal”, afirmó.

¿Cómo obtendrá el SAT está información?
De acuerdo con la autoridad fiscal, las personas físicas serán objeto de un procedimiento sobre discrepancia fiscal cuando sus gastos del año fiscal, es decir, el que aparezca al momento de realizar su declaración anual, no correspondan a lo declarado o bien a la cantidad que le hubiera correspondido declarar.

Para ello, el fisco no sólo obtendrá el cruce de información por las tarjetas de débito o crédito, también lo puede hacer por todas las facturas recibidas de una persona física, inclusive las pagadas en efectivo.

En este contexto, el director de El20.mx puntualizó que los bancos ya están obligados a emitir estos reportes mensuales al SAT.

Abundó que todas las instituciones bancarias mensualmente reportan este tipo de actividades de manera electrónica, e inclusive las mismas instituciones financieras avisan a Hacienda sobre operaciones inusuales o cambios en el perfil transaccional de sus clientes.

Toda la información bancaria del contribuyente está ligada con su RFC y CURP, por ello es que el SAT puede indagar en el perfil fiscal de cada usuario e identificar sus movimientos.

Díaz agregó que en caso de detectar una discrepancia, las autoridades avisarán al contribuyente a través del Buzón Tributario. “Llegará un aviso del SAT diciendo que tiene información importante para revisar en el Buzón Tributario. El contribuyente tendrá que revisar esta información en su Buzón”.

Si el fisco encuentra una irregularidad entre los ingresos declarados y los gastos, primero notificará al contribuyente el monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó, cómo se obtuvo y la discrepancia en mención.

A partir de la notificación, el contribuyente tendrá 20 días para realizar una aclaración sobre el origen del ingreso con el que se realizaron dichas erogaciones. Si se acredita la discrepancia fiscal, se considerará como ingreso omitido y se aplicarán las multas y recargos correspondientes al tiempo transcurrido.

En cambio, si el contribuyente no informa a las autoridades sobre estos excedentes en sus ingresos y se niega a corregir esta información, entonces el fisco podrá incluso acusar penalmente al contribuyente por defraudación fiscal.

Evite problemas
Para evitar este tipo de revisiones es indispensable mantenerse al día en las declaraciones, realizar un pronto pago de los impuestos correspondientes y mantener el justo balance en los ingresos y gastos, recomendó el director general de Facturama.

Fuente: El Economista

Acontecer

Recomiendan tramitar permisos para construir o remodelar viviendas y evitar sanciones en Chihuahua

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El Gobierno Municipal de Chihuahua exhortó a la ciudadanía a informarse y cumplir con los permisos necesarios para realizar construcciones o remodelaciones en predios particulares, a fin de evitar multas que pueden ir de las 10 hasta las 10 mil Unidades de Medida y Actualización, conforme a la legislación vigente en materia de desarrollo urbano.

A través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología, se informó que durante esta temporada muchas personas aprovechan recursos como el aguinaldo para invertir en mejoras de su vivienda, ya sea mediante ampliaciones, remodelaciones o la autoconstrucción. Sin embargo, se advirtió que cualquier obra debe cumplir con los trámites correspondientes antes de iniciar los trabajos.

Las autoridades señalaron que la autoconstrucción y las remodelaciones son prácticas comunes en la capital, especialmente en viviendas donde se busca agregar niveles adicionales o modificar áreas existentes. Para ello, es obligatorio presentar documentación que acredite la propiedad del inmueble, así como cumplir con requisitos técnicos y administrativos, dependiendo del tipo y magnitud de la obra.

En el caso de construcciones menores a 60 metros cuadrados, se requiere contar con constancia de alineamiento y número oficial, plano catastral, acreditación de la propiedad, comprobante reciente de pago de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento, así como licencias específicas cuando se trate de uso comercial. También es necesaria la responsiva técnica de un Director Responsable de Obra vigente, además de sellos y autorizaciones técnicas en casos de construcción nueva o instalaciones de gas.

Para ampliaciones menores y la construcción de bardas, se solicita principalmente el plano catastral y copia de las escrituras. Cuando las bardas superan los 2.5 metros de altura, se deben agregar detalles estructurales, memoria de cálculo y la responsiva técnica correspondiente. En obras mayores a 60 metros cuadrados, los requisitos se amplían e incluyen estudios de mecánica de suelo, memorias de cálculo estructural, planos arquitectónicos, autorizaciones especiales y, en ciertos casos, la aprobación de Protección Civil o instancias federales.

Asimismo, para remodelaciones habitacionales y comerciales se exige documentación básica como plano catastral, escrituras y, tratándose de comercios, el uso de suelo autorizado.

La Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología informó que para mayor orientación, las personas interesadas pueden acudir directamente a sus instalaciones ubicadas en la colonia Campesina Nueva, en un horario de atención matutino, o solicitar información vía telefónica, con el objetivo de realizar sus proyectos conforme a la normatividad y evitar sanciones.

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