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Éstas son las sanciones que impondrá el SAT en caso de una discrepancia fiscal

A partir de este año entrarán en vigor varios cambios importantes en materia fiscal, uno de ellos es el endurecimiento de la discrepancia fiscal en el uso de las tarjetas de crédito.

Aunque esta medida no es nueva y su implementación se retrasó unos meses para ser puesta en marcha este 2021, el tema ha generado preocupaciones por parte de los contribuyentes debido al énfasis de las autoridades fiscales para vigilar sus ingresos, así como las multas y sanciones derivadas en caso de detectar gastos superiores a los declarados.

Las sanciones impuestas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en caso de detectar una discrepancia fiscal no sólo son monetarias, si la situación se complica, las autoridades pueden acusar al contribuyente de defraudación fiscal, delito que amerita prisión.

Humberto Ramírez, cofundador y director general de la plataforma contable Facturama explicó que estas multas dependerán de la gravedad de la omisión, de la reincidencia, e incluso del tiempo transcurrido desde que se cometió la falta. Para determinar el tipo de multa es necesario un proceso de auditoría por parte de la autoridad fiscal.

A su vez, Simón Díaz, director general de la plataforma contable El20.mx, señaló que el SAT ahora cuenta con más facultades para fiscalizar con mayor precisión los ingresos de los contribuyentes y una forma de hacerlo, es a través de los gastos.

“Es una forma más de fiscalizar y de tener un control más estricto de esos ingresos que aparentemente el SAT pudiera suponer que se están declarando y el contribuyente no informó. Obedece al tema de lo que se gana versus lo que se gasta. Si el contribuyente gana más de lo que reporta al SAT, ahí entra el término de discrepancia fiscal”, afirmó.

¿Cómo obtendrá el SAT está información?
De acuerdo con la autoridad fiscal, las personas físicas serán objeto de un procedimiento sobre discrepancia fiscal cuando sus gastos del año fiscal, es decir, el que aparezca al momento de realizar su declaración anual, no correspondan a lo declarado o bien a la cantidad que le hubiera correspondido declarar.

Para ello, el fisco no sólo obtendrá el cruce de información por las tarjetas de débito o crédito, también lo puede hacer por todas las facturas recibidas de una persona física, inclusive las pagadas en efectivo.

En este contexto, el director de El20.mx puntualizó que los bancos ya están obligados a emitir estos reportes mensuales al SAT.

Abundó que todas las instituciones bancarias mensualmente reportan este tipo de actividades de manera electrónica, e inclusive las mismas instituciones financieras avisan a Hacienda sobre operaciones inusuales o cambios en el perfil transaccional de sus clientes.

Toda la información bancaria del contribuyente está ligada con su RFC y CURP, por ello es que el SAT puede indagar en el perfil fiscal de cada usuario e identificar sus movimientos.

Díaz agregó que en caso de detectar una discrepancia, las autoridades avisarán al contribuyente a través del Buzón Tributario. “Llegará un aviso del SAT diciendo que tiene información importante para revisar en el Buzón Tributario. El contribuyente tendrá que revisar esta información en su Buzón”.

Si el fisco encuentra una irregularidad entre los ingresos declarados y los gastos, primero notificará al contribuyente el monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó, cómo se obtuvo y la discrepancia en mención.

A partir de la notificación, el contribuyente tendrá 20 días para realizar una aclaración sobre el origen del ingreso con el que se realizaron dichas erogaciones. Si se acredita la discrepancia fiscal, se considerará como ingreso omitido y se aplicarán las multas y recargos correspondientes al tiempo transcurrido.

En cambio, si el contribuyente no informa a las autoridades sobre estos excedentes en sus ingresos y se niega a corregir esta información, entonces el fisco podrá incluso acusar penalmente al contribuyente por defraudación fiscal.

Evite problemas
Para evitar este tipo de revisiones es indispensable mantenerse al día en las declaraciones, realizar un pronto pago de los impuestos correspondientes y mantener el justo balance en los ingresos y gastos, recomendó el director general de Facturama.

Fuente: El Economista

Chihuahua

Clausura Gobernación Estatal 15 establecimientos durante la última semana

La Secretaría General de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Gobernación, durante la semana del 16  al 22 de diciembre realizó 188 inspecciones a establecimientos que expenden y/o comercializan bebidas alcohólicas, que dieron como resultado la clausura de 15 negocios, cuatro ubicados en Chihuahua y 11  en Ciudad Juárez.

Las clausuras fueron las siguientes:

-Restaurante “La Doña”, por violación de giro y operar fuera de horario (Chihuahua)
-Restaurante bar “Amigo Bardo”, por operar fuera de horario, falta de licencia de uso de suelo, falta de placa de aforo y violación  de  giro (Chihuahua)
-Licorería “16 de Septiembre”, por operar fuera de horario (Chihuahua)
-Salón de eventos “Quinta Hacienda”, por operar fuera de horario (Chihuahua)
-Tienda de abarrotes “Six el primo”, por violación de giro (Juárez)
-Tienda de abarrotes “Six los palomares”, por violación de giro (Juárez)
-Restaurante “Buffalucas”, por violación de giro (Juárez)
-Tienda de abarrotes “Modelorama Palomares”, por violación de giro (Juárez)
-Tienda de abarrotes “Six la Invasión”, por violación de giro (Juárez)
-Tienda de abarrotes “Modelorama 114”, por violación de giro (Juárez)
-Salón de eventos “Terraza Casa Desierto”, por violación de giro (Juárez)
-Restaurante bar “Vostock-Calabou”, por operar fuera de horario (Juárez)
-Salón de eventos “La Kupula”, por no contar con permiso (Juárez)
-Salón de eventos “Olaylar”, por no contar con permiso (Juárez)
-Restaurante bar con pista de baile “Jaime’s Jimmy’s y Zarapes”, por operar fuera de horario (Juárez)

Las inspecciones en Ciudad Juárez se llevaron a cabo en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE).

El Gobierno del Estado exhorta a las y los propietarios de establecimientos que expenden y/o comercializan bebidas alcohólicas, a que cumplan con la normatividad en la materia para evitar sanciones.

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