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Chihuahua

Exige Ever Avitia investigación luego de difundir respuestas de examen de promoción

El Secretario General de la Sección 42 del SNTE, Ever Avitia Estrada exigió una revisión exhaustiva para dar con los responsables y sancionarlos de manera ejemplar, a quienes comercializaron las respuestas del proceso de selección para la promoción a funciones de dirección y de supervisión en Educación Básica, correspondientes al Ciclo Escolar 2021-2022.

Lo anterior, luego de conocer la decisión unilateral de la USICAMM a nivel nacional de cancelar el Cuestionario de Habilidades Directivas, por supuestos actos de corrupción al difundir los reactivos de dicho examen que daña definitivamente integridad ética, moral y profesional de los docentes que participaron en dicho proceso.

El líder Sindical se sumó al reclamo del Maestro Alfonso Cepeda Salas, dirigente nacional, respecto a la exigencia de la revisión de los exámenes para deslindar responsabilidades, ya que la acusación en contra de los maestros es sumamente grave y daña su imagen, pues los docentes son los principales promotores de los valores y un ejemplo para sus alumnos.

Dijo que la Sección 42 ha hecho el reclamo enérgico desde el pasado 5 de julio, dejando en claro la urgente necesidad de una revisión exhaustiva de cada uno de los casos y que se tomen a la brevedad las medidas pertinentes para solucionar la problemática en favor de los agremiados a esta sección sindical.

El profesor Ever Avitia Estrada, Secretario General de la Sección 42, ha girado instrucciones precisas para que la integridad profesional de los maestros quede fuera de cualquier duda, así como salvaguardar el legítimo derecho que como trabajadores les asiste.

El líder Sindical dejó en claro que se reserva la organización sindical el derecho a tomar las acciones que sean necesarias y pertinentes.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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