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Chihuahua

Expide Congreso la Convocatoria “Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, Víctor Hugo Rascón Banda”

La LXIV Legislatura del Congreso del Estado, emitió hoy la Convocatoria para otorgar la “Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, Víctor Hugo Rascón Banda” en su edición 2014 a aquel chihuahuense que se haya distinguido por sobresalir en el ámbito cultural ya sea en las ramas de Teatro, Arquitectura, Danza, Escultura, Literatura, Música o Pintura.

La LXIV Legislatura del Congreso del Estado, emitió hoy la Convocatoria para otorgar la “Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, Víctor Hugo Rascón Banda” en su edición 2014 a aquel chihuahuense que se haya distinguido por sobresalir en el ámbito cultural ya sea en las ramas de Teatro, Arquitectura, Danza, Escultura, Literatura, Música o Pintura.

 

Este reconocimiento se otorga cada año, por lo anterior la Junta de Coordinación Parlamentaria, presentó ante el Pleno Legislativo en voz de la Subcoordinadora de la Fracción del PRI, Diputada Laura Domínguez, el Acuerdo que contiene las bases mediante el cual se expide la respectiva Convocatoria para otorgar el galardón antes señalado.

 

La Comisión de Educación y Cultura en el mes de julio próximo, conformará un jurado calificador, mismos que serán consultados para evaluar y estimar la documentación y la trayectoria de las personas concursantes, para posteriormente en el aniversario luctuoso del dramaturgo, emitir su decisión, y convocará a la persona ganadora, que tendrá verificativo durante el mes de agosto del año 2014, en Sesión Solemne.

 

Por último es importante señalar que fue en el año 2009, la fecha en que se otorgó por primera vez este premio al Maestro Luis Ignacio Aragón Valladares, por su destacada labor en la escultura, la pintura y el fomento a la Cultura; posteriormente en el año 2010, al Dr. Arturo Rico Bovio, en honor a sus aportaciones a la Filosofía, al Derecho y a la Literatura; en el año 2011, al Arquitecto Don Mario S. Arras Rodríguez, por su gran trayectoria en el ámbito de la promoción cultural, sobresaliendo en áreas como la poesía, el cuento y la novela.

 

En el año 2012, fue reconocido con este galardón el Dr. Víctor Manuel Orozco Orozco, por su gran trayectoria y aportaciones en el ámbito de la historia y sociología del Chihuahua histórico y contemporáneo y en el año 2013, a Edeberto Galindo Noriega por sus aportaciones a la dramaturgia.

Foto-Congreso

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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