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Chihuahua

Fallece por congestión alcohólica en la 20 Aniversario

Un hombre de 35 años de edad murió por congestión alcohólica sobre la vía pública en la Colonia 20 aniversario, de acuerdo con las versiones de los elementos de seguridad el cuerpo fue denunciado por los vecinos de la zona.

A los números de emergencia de esta capital llegó el reporte de un cuerpo sobre la vía pública en la Colonia 20 Aniversario, por lo que agentes de la Dirección de Seguridad Pública se trasladaron al cruce de la calle Miguel Sigala y Nuevo Triunfo.

 

En el lugar confirmaron el cuerpo sin vida de un hombre de 35 años, aparentemente la causa de muerte fue una congestión alcohólica. por lo que se trasladaron agentes de la Fiscalía General del Estado para realizar los procedimientos correspondientes.

Cabe destacar que hasta el momento se desconoce la identidad del hombre que perdió la vida, el cual vestía pantalón de mezclilla y camisa azul. Al lugar acudieron también agentes del c4 para levantar el cuerpo y realiza el procedimiento correspondiente.

 

 

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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