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Falta de aire en el corazón podría ser hipertrofía cardíaca: Imss

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El corazón es el órgano encargado de bombear vida a todo el cuerpo, pero cuando sin causa aparente se sufre falta de aire al mínimo esfuerzo o taquicardias súbitas, es probable que se padezca de hipertrofia cardiaca.

Juan Clavellina Rosas, jefe de la Unidad Coronaria del Hospital de Cardiología del Centro México Nacional (CMN) Siglo XXI, del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), explicó que se trata de un problema de salud ocasionado por el crecimiento del músculo cardíaco; un aumento en el grosor de las paredes del corazón, debido a que éste tiene que trabajar con mayor fuerza.

El corazón es un músculo cuya función es bombear sangre, por lo que se ejercita como tal y puede crecer, como los músculos de los brazos y piernas cuando son expuestos a una fuerza mayor de la habitual.

Entre las causas de este esfuerzo extra destaca la hipertensión arterial, seguida por la ateroesclerosis, la obesidad y la estenosis aórtica (estrechez de la apertura de la válvula que regula el paso de la sangre al resto del cuerpo). La hipertrofia puede ocurrir en ambos ventrículos cardiacos, pero la más común es la hipertrofia ventricular izquierda, subrayó.

El cardiólogo del Seguro Social señaló que se considera que su afección también puede estar relacionada con la práctica de deporte de alto rendimiento, o de manera extrema y por largo tiempo, sobre todo triatlón.

En nuestro país, la Encuesta Nacional de Salud 2010 arrojó que 15 por ciento de los mexicanos padecen hipertensión, pero la mayoría no lo sabe. Esta es una enfermedad silenciosa que entre otros males genera la hipertrofia cardíaca o crecimiento del músculo cardiaco, de lo que la persona puede no darse cuenta hasta que se manifiesta.

Son los hombres mayores de 40 años quienes más padecen esta hipertrofia, pero las mujeres se acercan peligrosamente al grupo masculino por el consumo de tabaco, alcohol, la obesidad y el sedentarismo.

Esta afectación en el corazón se puede combatir, siempre y cuando se detecte en su etapa temprana, advirtió. La hipertrofia cardiaca se confirma mediante imágenes diagnósticas como radiología, ecocardiografía y el electrocardiograma.

En el IMSS, especificó Clavellina Rosas, lo primero que se busca es evitar que el corazón siga creciendo y luego, con tratamiento a largo plazo, reducir su tamaño. En caso de que la hipertrofia del músculo cardiaco esté muy avanzada, continuó, por ejemplo, cuando el corazón ya se infló como si fuera un globo presentándose insuficiencia cardiaca, deberá considerarse la posibilidad de un trasplante.

Por ello, el jefe de la Unidad Coronaria del Hospital de Cardiología del CMN Siglo XXI recomendó acudir a un chequeo médico al menos una vez al año, sin importar edad ni género, aun cuando la persona se considere sana. El especialista recordó que el Instituto tiene cobertura nacional con el Programa PrevenIMSS, que precisamente busca detectar enfermedades que no dan síntomas, como la hipertensión arterial.

Además, exhortó a abandonar la vida sedentaria y vigilar el peso corporal y, en caso de presentar diagnóstico de hipertensión, cumplir con la mediación tal y como la prescribió el especialista.

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Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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