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Firman convenio de colaboración en materia laboral, los estados de Chihuahua y Baja California Sur

Esta mañana en el Salón Legisladores del Congreso del Estado, se llevó a cabo la firma de un convenio de colaboración entre los estados de Chihuahua y Baja California Sur, que tiene como objetivo primordial, establecer las bases y mecanismos operativos de colaboración y reciprocidad, para mejorar la administración e impartición de justicia en el ámbito laboral.

La firma del convenio fue llevada a cabo con la presencia del Presidente del Poder Legislativo, Antonio Andreu Rodríguez, los titulares de las secretarías de Trabajo y Previsión Social de los estados en mención, Fidel Pérez Romero por Chihuahua, y José Luís Perpuli Drew por Baja California Sur.

En el convenio de colaboración, se acordó intercambiar criterios de resolución de controversias, apoyo y difusión de programas, dentro de los que se encuentra la Cultura Laboral, los criterios usados por el Gobierno de Chihuahua para la implementación de los juicios orales en materia laboral, la digitalización de los expedientes, así como de las campañas que desarrollen ambas entidades.

Asimismo se busca tener un intercambio de capacitación sobre políticas, talleres, actividades y similares, que ponga en marcha cada una de las partes, además de las tecnologías e información, para mejorar e innovar en la impartición de la justicia laboral, atendiendo siempre a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

A la reunión asistieron también el Coordinador de los diputados del PRI, Rodrigo de la Rosa, así como los diputados integrantes de la Comisión de Trabajo y previsión social Jesús José Díaz Monarrez, Gloria Porras Valles, Rosemberg Loera y Eliseo Compeán Fernández, el Secretario General de la CTM Doroteo Zapata y la Contralora del Estado Liz Aguilera García.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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