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Chihuahua

Firman IEE y SIPPINA inédito convenio a favor de los derechos de la niñez y adolescencia

El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE) y el Sistema Integral de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes de Chihuahua (SIPINNA) firmaron un convenio de colaboración a favor de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que aparezcan en la propaganda político-electoral durante el presente proceso electoral 2020-2021.

En dicho documento quedaron plasmadas las firmas de la Consejera Presidenta del IEE, Claudia Arlett Espino, y Carlos Alberto Morales Medina, encargado del despacho de la Secretaría Ejecutiva; mientras que por parte del SIPPNA signó la Secretaria Ejecutiva, Ana María de la Rosa y Carpizo.

“Este momento es crucial para la historia electoral de Chihuahua; por primera vez se convertirá también en una cuestión inédita en este proceso electoral el tratamiento, la protección, las garantías de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en los procesos electorales”, expresó Espino.

Por su parte, De la Rosa y Carpizo puntualizó que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar, involucrarse con las personas adultas en la toma de decisiones públicas y es parte de la construcción de un proyecto de sociedad que todas y todos queremos.

El convenio tiene como objetivo definir y desarrollar acciones y directrices conjuntas para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia de goce, ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que aparezcan en la propaganda político-electoral, mensajes electorales y en actos políticos, actos de precampaña o campaña de los partidos políticos, coaliciones, candidaturas de coalición y candidaturas independientes.

Además, se vigilarán los mensajes transmitidos por las autoridades electorales locales o las personas físicas o morales que se encuentren vinculadas directamente a uno de los sujetos mencionados, por cualquier medio de comunicación y difusión, incluidas redes sociales o cualquier plataforma digital, sea esta transmitida en vivo o videograbada, bajo los principios de interés superior de la niñez y los demás prescritos en el artículo 10 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua.

De igual manera, las diversas actividades que involucren o afecten directamente a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, tales y como el de participación, reunión o a la intimidad, ente otros; y cualquier otro tema que se desprenda del ejercicio de las atribuciones de ambas partes.

Las partes convienen desarrollar e implementar conjuntamente proyectos de investigación; intercambiar material bibliográfico y acceso a bases de datos e información general.

Asimismo, se proponen organizar y realizar en forma conjunta: conferencias, foros, seminarios, cursos y otros eventos similares, como medios de información y formación de derechos de las niñas, niños y adolescentes, que provea a la ciudadanía en general de los conocimientos y las herramientas que coadyuven a la protección integral de los mismos desde la perspectiva del ejercicio de derechos políticos y electorales.

El convenio prevé también coadyuvar en la planeación, elaboración y evaluación de políticas públicas en materia de derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes, realizar actividades para la protección y garantía del pleno goce de sus derechos, así como dar vista a las autoridades correspondientes cuando estimen que una conducta amerite sanción por alguna violación a dichas prerrogativas.

Se comprometieron a capacitar mutuamente su personal en lo relativo a los derechos de las niñas, niños y adolescentes y su vinculación con el ejercicio de derechos políticos y electorales y educación cívica, dentro la esfera de sus respectivas competencias.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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