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Fiscales de EEUU defienden derecho de aborto para menores migrantes

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Fiscales generales de 19 estados de Estados Unidos ingresaron este martes una moción que defiende el derecho de menores migrantes no acompañados al aborto, una prerrogativa que el gobierno federal ha pretendido negarles incluso en casos de violación.

Encabezada por la fiscal general de Nueva York, Barbara Underwood, la moción constituye un rechazo a la política del gobierno del presidente estadunidense Donald Trump que impide que menores inmigrantes no acompañados en custodia federal accedan a servicios de aborto.

La moción, ingresada en el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Circuito del Distrito de Columbia, argumenta que tales políticas viola los derechos constitucionales de las mujeres y los derechos de los estados.

El documento propone a la corte que confirme la decisión del tribunal de distrito que emitió una medida cautelar preliminar en contra de la administración Trump para que los menores que así lo decidan puedan acceder al aborto cuando se encuentran bajo custodia federal.

“Todas las mujeres tienen un derecho constitucionalmente protegido para acceder a servicios de aborto seguros y efectivos, incluidos los menores no acompañados”, declaró Underwood.

La funcionaria añadió que muchas de estas mujeres jóvenes han huido de la violencia horrible, y algunas están embarazadas como resultado de una violación.

“La administración de Trump simplemente no tiene la autoridad para forzar sus puntos de vista personales sobre estas mujeres jóvenes al exigirles que continúen con embarazos contra su voluntad. La política federal es inconstitucional e inhumana, y continuaremos luchando contra ella”, afirmó la fiscal.

Además de Nueva York, la moción fue respaldada por fiscales generales de California, Connecticut, Delaware, Hawái, Illinois, Iowa, Maine, Maryland, Massachusetts, Nueva Jersey, Nuevo México, Carolina del Norte, Oregon, Pensilvania, Vermont, Virginia, Washington y el Distrito de Columbia.

En marzo de 2017, la Oficina para el Reasentamiento de Refugiados (ORR) adoptó una política que requiere que su director, Scott Lloyd, revise personalmente la solicitud de servicios de aborto de cada menor, incluso si se cumplió con todos los requisitos estatales.

Lloyd rechazó todas las solicitudes de servicios de aborto, incluso en casos en que una menor quedó embarazada como resultado de una violación en su país de origen.

Además, Lloyd prohibió que los albergues afiliados a la ORR llevaran a los menores a un médico que proporcionara abortos, y dio instrucciones para que los refugios divulguen los embarazos de menores a familiares incluso cuando la menor se opone a esta media por temor a represalias.

La política de la ORR salió a la luz por primera vez en octubre de 2017, cuando esa dependencia bloqueó el acceso a servicios de aborto para una menor de 17 años que quedó embarazada como resultado de una violación.

En marzo de 2018, un tribunal de distrito dispuso que la ORR no podía bloquear el acceso de los menores al aborto ni divulgar las decisiones reproductivas de los menores sin su consentimiento. La moción ingresada este martes insta a la corte a confirmar la decisión del tribunal de distrito.

Nota Principal

Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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