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Chihuahua

Hasta 24 horas de arresto por movilizar en falso a corporaciones

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Por constituir una falta administrativa que atenta contra el orden y la seguridad, actualmente es castigada hasta con 24 horas de arresto o una multa económica, la realización de llamadas a la línea 9-1-1 para reportar hechos que ocasionen movilizaciones en falso de corporaciones de seguridad, pues además de poner en riesgo a los elementos de dichas instituciones, redundan en mal uso de recursos y la posibilidad de no brindar el auxilio inmediato en otro hecho que esté ocurriendo en ese momento.

El Bando de Policía y Gobierno, establece en el artículo VII como una falta administrativa solicitar en falso servicios de integrantes de corporaciones como Policía Municipal, Bomberos o de auxilio médico y define las sanciones aplicables a quienes sean sorprendidos incurriendo en ese tipo de falta que afecta el patrimonio de las instituciones y limita la oportunidad de servicio a ciudadanos en emergencia.

Ya el 12 de agosto del año en curso, un menor de 16 años fue ubicado tras ocasionar una movilización en falso en las calles J. J. Calvo y 31, sitio donde decía ocurría una balacera y había policías heridos apenas cuando el 9 de abril había dicho que en un restaurante del Periférico de la Juventud los habían asaltado y en realidad se trataba de una persona accidentada con un cuchillo de cocina.

Este fin de semana, nuevamente un joven de 20 años de nombre Marco Antonio L. C. fue sorprendido luego de realizar una llamada al 9-1-1 en la cual solicitaba la presencia de las corporaciones de emergencia en calles de la colonia Desarrollo Urbano bajo el argumento de haber sufrido un robo con violencia, lo cual no fue cierto.

Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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