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Chihuahua

Histórica la recomendación de la CNDH contra caso Aeroshow: PAN

Tras la recomendación que hiciera la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el caso Aeroshow, la bancada panista convocó a rueda de prensa, en donde el diputado panista Cesar Jauregui, dijo que esto es algo histórico.

Tras la recomendación que hiciera la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre el caso Aeroshow, la bancada panista convocó a rueda de prensa, en donde el diputado panista Cesar Jauregui, dijo que esto es algo histórico.

 

Ya que lleva implícito el mensaje de no dejar que los hechos ocurridos el pasado 5 de octubre, se engrosen en el largo expediente de impunidad que existe en el país.

 

Derivado a la gravedad de los hechos y su trascendencia lo que motivo a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que se hizo esta recomendación al gobernador del estado Cesar Duarte, se inicie acción penal en contra de Marco Quezada, Javier Torres Cardona, Guillermo Ávila, Idelfonso Chávez, Fernando Rodríguez, Juan Cinco y  José Manuel Domínguez, por la actuación y omisión que hicieron al  violar los Derechos Humanos a la seguridad jurídica y a la seguridad de la vida a cada una de las víctimas del Aeroshow.

 

Además de la inmediata indemnización de los víctimas de este lamentable suceso que dejó a 9 víctimas y decena de heridos.

 

Redacción: Corina Muruato

 reco cndh

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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