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México

Histórico: CFE reporta ganancias por 117 mil mdp en 2023

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) reportó este martes ganancias netas por 117 mil 495 millones de pesos, por lo que revirtió la tendencia de pérdidas de los dos últimos años, dan cuenta sus estados financieros publicados en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).

El año pasado, la empresa productiva que dirige Manuel Bartlett había reportado una pérdida neta de 20 mil 365 millones de pesos, debido al incremento de energéticos, principalmente por la guerra entre Ucrania y Rusia, y previamente también había reportado pérdidas por los efectos de la pandemia de Covid-19.

«[Se] revierte la tendencia observada en los últimos tres años en los cuales se habían registrado pérdidas por factores externos a la Empresa Pública, como los efectos de la pandemia del virus SARSCoV-2 (2020), de la tormenta polar ártica de Texas (2021) y el impacto en los precios de los combustibles por el conflicto entre Rusia vs Ucrania (2022). La cifra de la Utilidad Neta de 2023 es la más alta registrada en la última década por la CFE», destacó la propia CFE.

La empresa reportó un incremento en ventas de 3.8% al subir sus ingresos de 620 mil 847 millones a 644 mil 361 millones de pesos.

En tanto, los costos de operación de la Comisión reportaron un decremento de 13.4% al pasar de 570 mil 96 millones de pesos en 2022, a 493 mil 798 millones en 2023.

La deuda total de la CFE al cierre de 2023 fue de 411 mil 946 millones de pesos, cifra menor en 8.6%, respecto a la registrada al cierre de 2022, con un monto de 450 mil 501 millones.

«Lo anterior evidencia el manejo oportuno y eficiente de las obligaciones financieras conforme a las condiciones de los mercados, priorizando reducir y mitigar los riesgos de refinanciamiento de corto plazo, así como extender la vida media de la deuda y fortalecer las finanzas de la Empresa Productiva del Estado en materia eléctrica», informó la compañía.

Gasto por «Otis»

Además, la CFE señaló que por los daños del huracán categoría 5 «Otis» que golpeó la costa de Guerrero se realizaron erogaciones de recursos cercanas a los 3 mil 500 millones de pesos.

Los costos incurridos por la CFE en el suministro de nuevos equipos, bienes y gasto de personal para superar los efectos de la emergencia climática del 24 de octubre de 2023, por el huracán «Otis» en los municipios de Acapulco y Coyuca de Benítez, Guerrero, principalmente, para el restablecimiento del servicio público de energía eléctrica en el menor tiempo posible en la zona, con un importe total cercano a los 3 mil 500 millones, añadió.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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