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Chihuahua

Homenajean a las funcionarias del STJE

Como parte de los festejos del Día Internacional de la Mujer celebrado el pasado 8 de marzo el Supremo Tribunal de Justicia brindó un homenaje a las funcionarias judiciales con más años de trayectoria al servicio del Poder Judicial en Ciudad Juárez, Delicias, Parral y próximamente Cuauhtémoc.

 

Se reconoció a la primera mujer en ocupar el cargo de Magistrada, Lic. María del Rocío Martínez Patiño, ya retirada en una cena a donde se invitó a todas las funcionarias del Distrito Morelos, que incluye a las ciudades de Chihuahua, Satevó, Santa  Isabel, Aldama y Riva Palacio.

 

En Ciudad Juárez, se otorgó reconocimiento a la Magistrada de la Primera Sala Penal Regional, Lic. Flor Mireya Aguilar Casas, dentro del convivio organizado para todas las mujeres que forman parte del Poder Judicial del Estado en los distritos Bravos y Galeana.

 

De igual manera, en ciudad Delicias se homenajeó a María de Lourdes Sotelo Aguilar, escribiente con 22 años de servicio y a todas las funcionarias de las ciudades de Camargo y Ojinaga.

 

Finalmente, en la ciudad de Parral se convocó a este homenaje a la Lic. Elia Calzadillas Armendáriz, del Distrito Andrés del Río; Flor Leonor Martínez Cárdenas, del Distrito Hidalgo; Alma Rosa Vargas Franco, del Distrito Jiménez y Ana Lilia Velázquez Vargas del Distrito Jiménez.

 

Parte integral de los festejos en el Día de la Mujer, fueron el panel de juzgadoras titulado “El papel de la mujer en la función judicial” que se llevó a cabo el pasado 8 de marzo donde participaron fueron la Lic. María Socorro Nevárez Aguirre, encargada de la Oficialía de Turnos; Lic. María Teresa García Mata, Jueza Primero de lo Civil, Distrito Judicial Morelos; Lic. Claudia Patricia Corral Díaz, Jueza Tercero de lo Familiar, Distrito Judicial Morelos; Lic. Yira Celida Ochoa Contreras, Jueza de Garantía, Distrito Judicial Bravos y como moderadora la Secretaria general del STJE, Lic. Lucila Flores Martínez.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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