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Improcedente el pago de alimentos entre cónyuges si se disuelve matrimonio

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El Pleno en Materia Civil del Primer Circuito del Poder Judicial estableció que el pago de alimentos entre cónyuges no procede jurídicamente si durante su tramitación se disuelve el matrimonio.

Según esta jurisprudencia civil, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, si se disuelve el matrimonio por regla general desaparece el derecho y la obligación entre los cónyuges de proporcionarse alimentos.

Si se demanda el pago de alimentos entre cónyuges estando vigente el matrimonio, y durante la tramitación del juicio relativo se disuelve, no será jurídicamente posible considerar fundada la acción del pago de alimentos, estableció dicha instancia jurisdiccional.

Ello en “atención al principio de congruencia externa, así como a la excepción al principio de cosa juzgada, entre otras, en materia de alimentos, previstos, respectivamente, en los artículos 81 y 94 del Código de Procedimientos Civiles”.

El Pleno indicó que si el matrimonio se disuelve antes de que se resuelva la demanda de pago, se actualiza “un cambio de circunstancias y entonces no será jurídicamente posible considerar fundada la acción de pago de alimentos entre cónyuges”.

Resolvió que en todo caso será en el correspondiente juicio de divorcio en el que se resuelva lo conducente al pago de alimentos a favor del cónyuge que satisfaga los requisitos establecidos para ello.

Con base al artículo 288 del Código Civil capitalino, que advierte que si se decreta el divorcio el juez deberá resolver sobre el pago de alimentos en favor del cónyuge que se dedicó al cuidado del hogar y de los hijos, que esté imposibilitado para trabajar o carezca de bienes.

Esta tesis de jurisprudencia civil es de aplicación obligatoria a partir del pasado lunes 14 de septiembre, de acuerdo al Semanario Judicial de la Federación.

Fuente El Financiero

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Miles esperan lugar en la UACH: ya están listos los resultados del examen de admisión

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La Universidad Autónoma de Chihuahua recibió de manera oficial los resultados del examen de admisión aplicado a aspirantes de nuevo ingreso, evaluación que estuvo a cargo del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL).

La entrega formal de los resultados se realizó ante la notaria pública número 13, Rosalinda Ramos Ríos, con el propósito de garantizar certeza jurídica, transparencia y legalidad en todo el proceso, conforme a los lineamientos establecidos para este tipo de evaluaciones.

En esta etapa participaron más de cuatro mil aspirantes, quienes presentaron el examen el pasado 5 de diciembre, tanto en modalidad presencial como virtual, como parte del mecanismo de ingreso a los distintos programas académicos que ofrece la máxima casa de estudios del estado.

La UACH informó que la publicación de los resultados se lleva a cabo en estricto apego a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, por lo que la consulta se realiza únicamente mediante el número de folio asignado a cada sustentante, sin mostrar nombres ni información sensible.

Las y los aspirantes pueden verificar su estatus dentro del proceso de ingreso a través del sistema oficial habilitado por la universidad, donde se reflejan los resultados correspondientes a esta evaluación.

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