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México

Infierno en Sinaloa: reportan secuestro masivo de familias en Culiacán

Una noticia ha causado conmoción en México, se trata del secuestro de al menos cinco familias, las cuales presuntamente fueron privadas de su libertad durante la madrugada del viernes 22 de marzo en Culiacán, Sinaloa, ante esto el gobernador del estado, Rubén Rocha Moya, comentó que se está llevando a cabo un operativo especial para abordar la situación.

El mandatario aclaró que aún no se han podido confirmar todos los reportes, pero mencionó que existen pruebas fundamentales para creer que son ciertos. «Aún no lo hemos comprobado, la policía está investigando, pero hay elementos de relativa certeza de que esto sí ocurrió», mencionó.

A pesar de que en redes sociales se menciona que son 39 las personas «levantadas», el gobernador instó a la población a mantener la calma ante los recientes sucesos. «No tengan miedo, lamentablemente estas cosas ocurren; hay autoridad y no estamos de ninguna manera rebasados, estamos dando seguimiento», agregó.

Esto surge ante la privación de la libertad de familias que residen tanto en la zona urbana como rural de Culiacán, específicamente en la comunidad de La Noria, donde fueron «levantadas» por individuos armados que se desplazaban en grandes camionetas.

El secretario de Seguridad Pública del estado, Gerardo Mérida, informó que recibieron el reporte de que al menos 15 personas fueron secuestradas, resaltando que la SSP implementó un operativo especial para confirmar los hechos e iniciar la búsqueda de las víctimas.

Sergio Antonio Leyva, encargado de seguridad local, detalló que desde la madrugada comenzaron a recibirse llamadas de emergencia al 911.

El gobernador del estado pidió a la población que se encuentra en Culiacán no abandonar las playas del estado, asegurando que serán protegidos. Las víctimas, incluidos los menores de edad, pertenecen a al menos tres familias de nivel económico medio y bajo. Hasta el momento, las autoridades siguen investigando el suceso ocurrido este fin de semana.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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