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Chihuahua

Inicia este viernes registro de jóvenes de 15 a 17 años para vacunación contra Covid-19

La Secretaría de Salud del Estado de Chihuahua en coordinación con las instituciones que participan en el programa de vacunación COVID-19, informa que a partir de este viernes 19 de noviembre inicia el registro de adolescentes entre 15 y 17 años de edad sin comorbilidades, para acceder a la aplicación del biológico.

El registro debe realizarse a través de la plataforma www.mivacuna.salud.gob.mx, para lo cual se debe tener a la mano la Clave Única de Registro de Población (CURP) y el domicilio.

Este grupo etario recibirá la vacuna del laboratorio Pfizer-BioNTech y en próximos días se dará a conocer las sedes en que se aplicará, por lo que se pide a la población estar pendiente de los mensajes subsecuentes.

La Secretaría de Salud agradece a la población la atención brindada a los mensajes preventivos e invita a mantener el uso del cubrebocas en todas sus actividades, mantener la sana distancia y evitar el saludo de beso o de mano, para evitar la propagación del virus de SARS CoV-2.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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