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Chihuahua

Iniciará recepción de documentos para becas de discapacidad este 6 de febrero

El Gobierno Municipal de Chihuahua a través de la Dirección de Desarrollo Humano y Educación publicó el pasado domingo 21 de enero, la convocatoria del programa para Becas de Discapacidad 2018, con el objetivo de que un mayor número de personas pertenecientes a familias de escasos recursos tengan opciones para su desarrollo.

A partir del martes 6 de febrero al sábado 10 del mismo mes los interesados podrán registrar su solicitud tomando en cuenta los requisitos emitidos en la convocatoria.

Es importante mencionar que  este programa no aplica para enfermedades como cáncer, diabetes e hipertensión, así como enfermedades articulares por desgaste crónico-degenerativo; a menos que dichos padecimientos hubieran originado alguna secuela que provoque la condición de discapacidad permanente.

Los resultados se darán a conocer el domingo 18 de Marzo y el registro deberá hacerse de manera personal o por medio de tutor en caso de ser menor de edad. Si el solicitante es mayor de edad y requiere tutor, éste deberá presentar escrito donde ha sido autorizado por el solicitante firmado o con huella digital del mismo. El tutor podrá ser un familiar directo o amigo de la persona con discapacidad y deberán acudir a realizar el trámite a los siguientes Centros de Atención:

-Tricentenario, ubicado en la calle Celia Andazola 14703, Chihuahua 2000 III Etapa 

-Riberas de Sacramento, calle Río San Francisco s/n

-Vistas Cerro Grande, calle 76 ½ número 8403

-Auditorio Municipal avenida Cuauhtémoc y calle Miguel Ángel Olea 211

-Comandancia Sur, avenida Carlos Pacheco Villa 8800, Obrera

Además, los solicitantes deberán presentar la documentación requerida como el acta de nacimiento, CURP,  comprobante de domicilio, identificación oficial vigente y estudio socio económico, elaborado por la Dirección de Desarrollo Humano y Educación, certificado médico acreditando la discapacidad (debe decir textualmente DISCAPACIDAD PERMANENTE), además de especificar padecimiento y tipo de discapacidad) expedido por una institución de salud pública, comprobante de ingresos, en caso de ser estudiante presentar constancia de estudios debidamente firmada por la Institución Educativa, o boleta de calificaciones, ambos correspondientes al último grado o período escolar cursado completo y en caso de los deportistas, será necesario presentar constancia de la Institución o Asociación donde hace su actividad deportiva. Para mayores informes comuníquese al 072.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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