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Investigan más de 7 mil casos de tortura

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La saña de los verdugos parece no saciarse ante la negativa de su víctima de poner fin a la crueldad. Dos acciones consumarían este sufrimiento: aceptar el “delito” y firmar la declaración. Golpes en la cara, el estómago y en todo el cuerpo. Sangre aquí y allá. Luego electrochoques en los genitales, amenazas de acciones en contra de la familia. Nada sirve. Lo siguiente es una bolsa en la cabeza hasta llevarla casi a la asfixia y desvanecer su cuerpo. Segundos después un chorro de agua para avivar el bulto y de nuevo más golpes.

Durante las siguientes horas se repite la misma tortura, pero la respuesta de la víctima es la misma: “No. Yo no lo hice. No voy a firmar”. Esta escena se monta en distintos lugares y fechas, pero los actos de brutalidad son similares y resumen las historias de Fanny Gabriela Noguez Galicia y Daniel Alejandro Ramos Flores, a quienes les fabricaron delitos que hasta ahora los tienen en la cárcel.

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A ella por secuestro agravado en el Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla, Ciudad de México, según la causa penal con número 705/2019 (inicial 213/2012) y a él, en el Centro Estatal de Reinserción Social 1 La Pila, en San Luis Potosí, por homicidio calificadorobo y asociación delictuosa, de acuerdo con el proceso judicial 52/2016.

La tortura se convirtió en una práctica habitual para obtener información y confesiones en el país. Retomando cifras de diferentes organizaciones nacionales e internacionales, el más reciente informe de la organización Human Rights Watch (HRW) sobre México destaca que las investigaciones de casos de tortura se dispararon de 13 en 2006 a más de siete mil en 2019.

“Investigaciones de casos de tortura por agentes del MP han aumentado en los últimos años a nivel federal como estatal, de apenas 13 investigaciones en 2006 a más de siete mil en 2019, según un informe de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos

“En 2016, el Inegi realizó una encuesta a más de 64 mil personas encarceladas en 338 cárceles. Casi dos de cada tres (64 por ciento) reportaron algún tipo de violencia física al momento de la detención, como descargas eléctricasestrangulamiento y asfixia. En su análisis sobre México de 2019, el Comité contra la Tortura de la ONU destacó que apenas ocho de tres mil 214 denuncias de torturas realizadas en 2016 dieron lugar a un proceso penal”, puntualiza el Informe Mundial 2021 de HRW

La tortura se aplica con mayor frecuencia en el plazo que transcurre entre la detención de las víctimas —a menudo arbitraria— hasta que éstas son puestas a disposición de agentes del Ministerio Público. Durante este periodo, las víctimas suelen ser incomunicadas en bases militares o en centros de detención ilegales, de acuerdo con el mismo documento.

En el tiempo que llevan de encierro, Fanny Gabriela y Daniel Alejandro han apelado a su defensa con pruebas para demostrar las arbitrariedades y opacidades de su detención, el proceso legal y la violación de sus derechos a través de la tortura. Han sido inútiles.

AMNISTÍA PARA TORTURADOS

El pasado 25 de agosto, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación para gestionar la preliberación de presos víctimas de tortura, siempre y cuando ésta se compruebe a través del Protocolo de Estambul, no hayan cometido delitos graves y sean adultos mayores de 70 años con enfermedades crónico degenerativas, entre otros requisitos.

El decreto de indulto representa una esperanza para miles de personas torturadas para confesar crímenes que no cometieron.

Sin embargo, tiene requisitos que negarían a algunos presos alcanzar su libertad, o detalles que deben observarse para que opere bien, sin malentendidos.

En primer lugar, el jurista Frumencio Peña Tapia expone que México no cuenta con suficientes personas capacitadas en medicina forense y psicología forense para abordar todos los casos que pudieran ser sospechosos de tortura. Escasea el personal para llevar a cabo los procesos de quienes han solicitado el Protocolo de Estambul (algo que ha ocasionado retrasos en su aplicación y entrega de informes), y en el sector salud para la revisión médica de los presos.

Por otro lado, una condición necesaria para que se otorgue el indulto es que haya una sentencia definitiva e inatacable, agotando todos los recursos ordinarios y extraordinarios en materia penal, explica Miguel Ángel Antemate, abogado en el Poder Judicial de la Federación y defensor de derechos humanos.

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“Aquí encontramos una contradicción, en sentido estricto, para que proceda el indulto tiene que haber una sentencia definitiva y que ésta sea inacatable”, explica el defensor.

Un tercer elemento es que hay delitos para los que no aplica la amnistía, especialmente los graves, cuando muchas confesiones sobre ilícitos de alto impacto fueron obtenidas bajo tortura.

“El presidente dice personas mayores de 65 años. Estamos en la lógica del indulto humanitario, evidentemente esto está condicionado a los delitos de prohibición del artículo 97 del Código Penal Federal. Es decir, podrá tener 65, 70 u 80 años, pero si cometió el delito de terrorismo, desaparición forzada o esta serie delitos que están enumerados ahí, es muy difícil conceder (el indulto)”, agrega Antemate.

Peña Tapia agrega que “de manera automática excluyen a la gran mayoría de los delitos. La mayoría de las situaciones de las personas que están en los reclusorios de todo el país están con sentencias elevadas y estas sentencias provienen por delitos graves”.

Arturo Castañón, representante de Justicia para Todos, considera que el decreto de amnistía debería ser para todos los casos en que se compruebe tortura, con o sin el Protocolo de Estambul, porque están los certificados médicos que también lo demuestran.

Además de perdonar a las víctimas, se debe castigar a policías, agentes ministeriales y jueces por no llevar a cabo los debidos procesos, pues el decreto parece ser más un perdón para éstos por su mala actuación o al dictar sentencias sin conocer a fondo los casos, que para las víctimas obligadas a firmar declaraciones de delitos que no cometieron.

EL CASO DE FANNY NOGUEZ

A Fanny Noguez la detuvieron agentes de la entonces Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (ahora FGJ) el 3 de agosto de 2012, mientras esperaba junto con sus dos hijos, de 11 y tres años de edad, en un sitio de taxis en la alcaldía Azcapotzalco.

“Chingaste a tu madre. ¡Agáchate hija de tu puta…!”, le dijeron unos sujetos sin identificarse y la subieron a una camioneta. Ella creyó que la secuestraban junto con sus pequeños y gritó. Enseguida le exigieron que se callara, le colocaron un arma de fuego en la cabeza y la comenzaron a golpear. Luego le preguntaron por Marlon, un tipo que estaba en el reclusorio Oriente, en la zona del Diamante (alta seguridad).

“¿Qué sabes de las extorsiones y secuestros? No te hagas pendeja”, le cuestionaron. Noguez Galicia dijo que era su pareja sentimental y que no sabía más. No tenía nada que ver porque ella se dedicaba a trabajar en agencias de publicidad, la venta de perfumes y ropa, además del cuidado de sus hijos.

Enseguida preguntó por ellos, porque no supo qué pasó, luego de que los subieron a otro vehículo. Pero sólo le respondieron que no los volvería a ver, mientras permanecía agachada en el vehículo camino al Búnker donde continuarían con la tortura, según quedó asentado en la investigación del informe del Protocolo de Estambul que le realizaron, y las averiguaciones previas FSP/T3/1776/12-08 y FSP/B/T2/2286/14-07, por el delito de tortura cometido por servidores públicos.

Durante las 72 horas antes de ser consignada, fue incomunicada, no se le notificó de qué se le acusaba y fue expuesta ante la prensa. De ahí pasó al arraigo y luego fue enviada al reclusorio. Durante su proceso supo que la acusaban de secuestro agravado en Hidalgo, pero sólo por una declaración de la víctima que dijo que escuchó a una mujer, pero más tarde se retractó al señalar que los policías lo obligaron a decir que era de ella.

La Fiscalía dijo que tenía audios con su voz donde la involucraban, pero al revisar los discos no contenían nada, sólo eran pruebas falsas. Además, en las fechas en que supuestamente Fanny participó en el delito, ella estuvo en la CDMX. Una fue en la mudanza porque se cambió de casa y otra fue el bautizo de sus hijos. Presentó pruebas al testificar su casero, la fe de bautizó de la iglesia y el contrato del salón de fiestas, pero de nada sirvió. En 2019 fue sentenciada a 50 años de prisión y en su apelación se redujo a 26.

EL CASO DE DANIEL RAMOS

El sueño de Daniel Ramos fue interrumpido cerca de las cuatro de la madrugada del sábado 9 de abril de 2016. Los gritos de su madre y abuela lo alertaron, luego de que agentes encapuchados de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí derribaron la puerta de su hogar e ingresaron sin una orden de cateo ni de aprehensión. Ellas preguntaron quiénes eran, y sin identificarse sólo respondieron que buscaban a gente armada en tanto entraron por él a su cuarto.

“¡Hijo de tu puta madre, ya te cargó la verga! ¡Te vamos a matar!”, lo amenazaron y enseguida comenzaron a golpearlo. Apenas alcanzó a ponerse una playera, un tenis y una pantufla, y lo sacaron a golpes mientras otros hurtaron las pertenencias de valor del inmueble. Camino al MP, dentro de la unidad, su mala fortuna apenas comenzaba. Se debía a que su amigo de la adolescencia, Francisco Gómez, asesinó dos días antes a sus padres adoptivos, reconocidos catedráticos de la Universidad del estado, en complicidad con otro sujeto de nombre Gregorio.

Daniel desconocía los hechos, pero tras el homicidio los tipos sacaron las cosas de valor de la casa y lo citaron para que les ayudara con la venta de un par de vehículos de las víctimas, pues él se dedicaba a la compraventa de automóviles usados, pero no se concretó. Ese fue su pecado, ser su amigo. A las autoridades no les importó. Lo acusaron de homicidio calificado, robo y asociación delictuosa, y durante las siguientes horas sería torturado por policías y agentes del MP en las mismas instalaciones para declararse culpable.

Sin embargo, al estar ante el juzgado al rendir de nuevo su declaración preparatoria, refirió que no ratificaba su declaración ante el MP, ya que fue obtenida a través de la tortura. No obstante, el juez no le dio valor probatorio y le dictó sentencia de 67 años de prisión, porque según no había pruebas de la misma. En la apelación quedó en 59.

Sobre esta tortura, apenas en agosto pasado ganó un amparo para que deje insubsistente la sentencia condenatoria, se ordene reponer el procedimiento para que se le practique el Protocolo de Estambul y se pueda verificar los actos de tortura alegados.

México

¿Cuántos desaparecidos hay en México?

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Marcela Figueroa Franco, titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), reportó 132 mil 534 casos de personas desaparecidas en México. Desde 2006 a la fecha, solo el 33%, es decir, 43 mil 128 registros tienen datos suficientes para la búsqueda.

Durante la conferencia matutina de este viernes 27 de marzo, la funcionaria detalló que de acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) y la Base Nacional de Carpetas de Investigación, 46 mil 724 tienen datos insuficientes para emprender su búsqueda, mientras que 40 mil 308 personas reportan actividades y registros después de su fecha de desaparición.

«El 36% del total que no tienen datos completos, por ejemplo, no cuentan con nombre, sexo, fecha de nacimiento, contexto de la desaparición, fecha o lugar de los hechos, lo que imposibilita la búsqueda aun así y se mantienen en el registro», explicó.

Puntualizó que antes de la reforma en materia de personas desaparecidas en 2025, no se solicitaban datos mínimos cuando se subía un reporte de persona desaparecida en el Registro Nacional. La funcionaria mostró casos que no tienen dirección, teléfono de contacto ni lugar de desaparición, entre otros datos fundamentales para la búsqueda.

Mientras que 40 mil 308 registros que sí cuentan con datos suficientes para la búsqueda, sin embargo, después de una revisión en diversos registros administrativos, se han podido corroborar actividades posteriores a la fecha de su desaparición. Entre ellos, matrimonios, altas en el SAT y cambios de domicilio en el INE.

«Una persona fue registrada como desaparecida en el año 2010, aparece en el registro de vacunación con todos sus datos en el 2021. Otro ejemplo, una persona que fue registrada como desaparecida en 2012 se registró en el INE en el año 2023 e incluso coinciden sus huellas digitales», dijo.

«El tercer grupo de 43 mil 128 casos, el 33% del total, corresponde a registros con datos completos, pero que hasta el momento y después de una búsqueda exhaustiva en registros administrativos no se han encontrado aún coincidencias ni actividad posterior a la fecha del reporte de desaparición», mencionó.

Esta mañana, Figueroa Franco presentó un informe de la Estrategia de Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas, que destaca que de 394 mil 645 registros del RNPDNO, 66% ya fueron localizadas, o sea 262 mil 111 personas, de las cuales, 240 mil 211 fueron encontradas con vida y 21 mil 900 sin vida.

Estrategia de Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas

La titular del Secretariado Ejecutivo mencionó que en los casos de personas que muestran indicios de su localización, se requiere una prueba de vida o en su caso, de fallecimiento, por lo que el Gobierno Federal ha implementado una estrategia que contempla dos rutas.

«La primera, cuando se cuenta con datos de contacto, se realiza una llamada para verificar el estatus de la persona y posteriormente se agenda una visita domiciliaria a fin de recabar evidencia de prueba de vida la cual se integra al expediente para la actualización del caso», explicó Figueroa Franco.

Sin embargo, cuando no se dispone de datos de contacto, se solicita información a dependencias como el Instituto Nacional Electoral (INE) o compañías telefónicas y una vez obtenida, se aplica el mismo procedimiento de verificación.

Señaló que este esquema permite confirmar información, actualizar los registros de manera responsable para cambiar el estatus de la persona de desaparecida a localizada y brindar certeza a las familias. Afirmó que debido a esta estrategia, ya fueron ubicadas 5 mil 269 personas y se cambió su estatus de desaparecidas a localizadas en el Registro.

«Un ejemplo concreto es el caso de Enrique N, reportado como desaparecido en 2016. La plataforma de este cruce de registros detectó mil 500 coincidencias con registros administrativos, como el registro de un menor en el registro civil, un matrimonio un año después de la desaparición y diversos trámites laborales. Lo que mostró que esta persona realizaba actividades pese a que estaba reportada como desaparecida», dijo.

Sobre los casos que sí reportan datos completos para su búsqueda, la titular del SESNPS, explicó que el 71% (43 mil 128 registros), fueron integrados por fiscalías estatales al Registro Nacional y solo 3 mil 869 cuenta con una carpeta de investigación, mientras que 26 mil 611 son reportes únicamente.

«La diferencia entre un reporte y una carpeta es que los reportes formalmente no inician una investigación dentro de la fiscalía. En segundo lugar, tenemos los registrados por las comisiones locales de búsqueda que suman 10 mil 854 casos. Y por último, mil 794 que fueron reportados por la ciudadanía directamente en el portal de la Comisión Nacional de Búsqueda», refirió.

Para finalizar, Figueroa Franco mencionó que de 2006 a 2026, de 46 mil 742 personas el 36% del total no tienen datos suficientes para la búsqueda; 40 mil 308, el 31% del total tienen datos suficientes para la búsqueda y registraron actividades después de su fecha de desaparición. Y actualmente la autoridad está en proceso de confirmar y formalizar su localización de 43 128 registros, el 33% del total.

Afirmó que de cada 100 personas reportadas como desaparecidas en un mes, en promedio 66 son localizadas, de las cuales, 92 de cada 100 casos se localizan con vida y en 96 casos de cada 100 casos los reportes no están relacionados con la comisión de un delito.

Por último, destacó que desde el inicio de la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, del 1 de octubre de 2024 a la fecha, se han localizado 31 mil 946 personas con reporte de desaparición.

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