Un Juez federal suspendió, de manera provisional, la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que se aprobó en el Congreso mexicano, después de que el Presidente Andrés Manuel López Obrador enviara un proyecto preferente. El decreto, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, busca priorizar la participación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el sector.
El Juez Segundo de Distrito en materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Ciudad de México ordenó suspender los efectos y consecuencias del decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
“Tiene como finalidad asegurar la eficacia de una sentencia de amparo, impidiendo que la ejecución de aquéllos se materialice de tal manera que se vuelva imposible, en caso de obtener una sentencia favorable, volver las cosas al estado que guardaban antes de la emisión del acto reclamado“, aseguró el Juez.
El nuevo reglamento modifica los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126 de la citada ley y que entraría en vigor el 10 de marzo. La reforma surgió de una iniciativa preferente que remitió el titular del Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados el pasado 1 de febrero.
La decisión del Juez precisó que el amparo fue solicitado por la empresa Parque Solar Orejana, de la compañía Zuma Energía. Sin embargo, la suspensión tendrá efectos generales para no dejar en ventaja a la compañía que mantiene el parque en el estado de Sonora.
“Además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es precisamente uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar”, detalló la decisión.
El Juez fijó como fecha para para la la audiencia constitucional el 27 de abril próximo. El 18 de marzo se determinará si se mantiene o no la suspensión, esta vez de forma definitiva.
Recordó que otros juicios de amparo se reclamaron regulaciones sobre la política energética de la actual Administración, mismos que determinaron suspender los efectos de la aplicación de las modificaciones legales.
PUBLICACIÓN EN EL DOF
El 9 de marzo la Secretaría de Energía (Sener), publicó en el DOF el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LIE.
La reforma cambiará el criterio de despacho eléctrico para priorizar siempre la generación de las plantas viejas y de combustibles fósiles de la CFE sobre las centrales privadas de renovables, además de revisar de forma retroactiva los contratos con el Gobierno.
Además, establece la obligación de que los permisos a que se refiere la LIE se encuentran sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía.
También precisa que el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias (CEL) no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales en las centrales eléctricas y además elimina la obligatoriedad de comprar por subastas para el Suministrador de Servicios Básicos.
Luego de la entrada en vigor del decreto, la Sener, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía dispondrán de “un plazo máximo de 180 días naturales” para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica, con el fin de alinearlos.
Fuente: SinEmbargo