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Chihuahua

La caza deportiva genera una importante derrama económica: SDUE

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El turismo cinegético es la actividad que realiza un cazador deportivo nacional o extranjero bajo el marco de conservación y sustentabilidad de la vida silvestre del Estado de Chihuahua.

Lo anterior genera un impacto económico que permite el desarrollo local y a la vez protege el entorno mediante el control de las cantidades de ejemplares que se pueden  cazar cada año, informó la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.

Entre las principales especies cinegéticas del Estado de Chihuahua se encuentra el venado cola blanca, venado bura, borrego berberisco, puma, coyote, jabalí europeo, pecarí de collar, guajolote silvestre, codorniz escamosa y agachona, grulla gris, conejo, liebre, patos y cercetas.

Dentro de las modalidades cinegéticas existen: la caza menor, que se  caracteriza por el tamaño de los animales a capturar, pues se trata de piezas pequeñas tales como el conejo, liebre, paloma y la tórtola.

La caza mayor se caracteriza por un tamaño más grande de los animales: el jabalí, el puma y el venado. La caza acuática comprende aves acuáticas  como el pato y cerceta.

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología extiende la invitación a los clubes de cacería legalmente inscritos a la práctica de este deporte y a la población en general para que tramiten el permiso correspondiente.

Mayores informes de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas en el Departamento de Vida Silvestre de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Gobierno del Estado, ubicado en Prolongación Francisco Portillo S/N Col. Americana Ávalos Casa No. 6. Antigua Planta Fundidora Ávalos y en los teléfonos (614) 446 23 26 o por correo electrónico: [email protected] y  [email protected].

cerceta

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Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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