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Opinión

La polémica. Por Raúl Saucedo

Debates culturales y cosas peores

La decisión del 6 de diciembre de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de revocar la suspensión de las corridas de toros en la Plaza México ha reavivado el polarizado debate entre defensores de la tradición taurina y activistas por los derechos de los animales. La disputa se da en un contexto donde algunos estados mexicanos ya han prohibido estas prácticas, mientras que otros luchan por mantener vivo un rito arraigado.

La SCJN, al desestimar el amparo que buscaba la prohibición de las corridas, plantea interrogantes sobre la legitimidad de algunas organizaciones para obtener la suspensión, señalando que la protección del medio ambiente no representa un daño irreparable. Sin embargo, esta decisión ha desatado críticas, especialmente desde el ámbito animalista, argumentando que se trata de un retroceso en la defensa de los derechos de los animales.

Las corridas de toros son parte de una basta tradición cultural en México, pero ¿hasta qué punto la cultura y la tradición deben justificar prácticas que involucran el sufrimiento animal? La Ministra Yasmín Esquivel, promotora de la decisión, ha sido objeto de críticas por presuntamente anteponer sus gustos personales sobre la tauromaquia. Este señalamiento subraya la importancia de desligar las decisiones judiciales de preferencias individuales para garantizar un enfoque imparcial.

Por un lado, los defensores de las corridas argumentan que la prohibición no debería imponerse basándose en los gustos de una minoría y que la industria taurina genera empleos rurales, industriales y de servicio, no obstante, esta postura choca con la creciente conciencia social sobre el trato ético a los animales y la evolución de las leyes que buscan protegerlos.

México, con solo cuatro estados de los 32 prohíben las corridas de toros, refleja la diversidad de opiniones sobre esta práctica. La discusión sobre su prohibición debería ser un diálogo nacional que respete la diversidad. La sociedad debe decidir sobre esta práctica que ha sobrevivido a través de los siglos y el Congreso debería retomar la iniciativa para legislar sobre este tema.

En última instancia, más allá de las decisiones judiciales, la evolución de la sociedad y la conciencia colectiva determinarán el futuro de las corridas de toros en México. La historia juzgará si esta práctica se mantuvo como un vestigio cultural arraigado o si cedió ante una exigencia respeto para todas las formas de vida.

Abordar estos temas social y jurídicamente debería de poner en tela de escrutinio filosófico la violencia selectiva de la humanidad, donde podremos analizar a través de la historia y en la actualidad los escenarios donde la muerte, la sangre y el sadismo son bien vistos y en donde no, ahí quizá muchos se sorprenderían conforme a su manera de ver la tauromaquia.

Si usted apreciable lector llego hasta este punto de la columna sin tener un juicio previo de ella quiere decir que quizá usted no es un fanático de una bandera u otra dentro de este circo romano del siglo XXI.

Yo por mi parte me despido porque tengo una cita a un funeral el domingo 28 de enero en punto de las 4:30 pm, donde no se quien morirá a ciencia cierta, pero sé que habrá un festín de paellas, vino tinto y labios carmesí que combinaran con el ruedo, todo esto mientras un paso doble de fondo me recordara mi estancia en Granada y a la casa del abuelo…. y así con la libertad como mérito propio celebrare mi estancia terrenal un año más.

@Raul_Saucedo

rsaucedo@uach.mx

Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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