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Chihuahua

La UACH define terna para Rectoría encabezada por Rivera Campos

Chihuahua, Chih.- La Universidad Autónoma de Chihuahua oficializó que al concluir el plazo para que los consejos técnicos de las facultades enviaran sus propuestas para la integración de la terna para la elección Rector de la Máxima Casa de Estudios, se recibieron como propuestas las de Luis Alfonso Rivera Campos, Lorena Patricia Licón Trillo y Luis Carlos Hinojos Gallardo.

Cabe destacar que las 15 facultades enviaron su propuesta, así como el Sindicato del Personal Académico de la UACH.

De manera oficial se informó que en los términos de la Ley Orgánica y de la propia convocatoria emitida para tal efecto, el Rector turnó a la oficina del Abogado General los expedientes correspondientes para su revisión y dictamen de que se han cumplido con los requisitos exigidos, en un término no mayor a 24 horas.

“En caso de que se acrediten los extremos exigidos por la ley, se notificará al Rector para que éste convoque al Consejo Universitario, para celebrarse dentro de los siguientes cinco días naturales a efecto de que se formalice la terna correspondiente”, se dijo.

La comunicación oficial enviada por la UACH transcribe la fracción segunda del artículo 21 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Chihuahua, que a la letra señala:

“ARTÍCULO 21. La designación del Rector se efectuará conforme al siguiente procedimiento:

II. Dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la recepción de las propuestas, el Rector citará a sesión del Consejo Universitario para celebrarse dentro de los cinco días naturales siguientes, dándole a conocer la lista de los candidatos y su currículum respectivo. En la sesión, cada consejero votará por un solo candidato y con los que obtengan mayor número de votos se integrará una terna.”

Respaldan 13 facultades a Rivera Campos

Un total de 13 de 15 facultades que integran la Universidad Autónoma de Chihuahua respaldaron de manera oficial la candidatura del director de Derecho, Luis Rivera Campos, para rector de la máxima casa de estudios.

Según información del equipo de trabajo de Rivera Campos, solamente las Facultades de Medicina y Ciencias Agrícolas y Forestales propusieron como candidatos a sus directores, como un acuerdo para cumplir con el requisito de que debe ser conformarse una terna para la elección.

Fuente : El Diario De Chihuahua

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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