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Las hamburguesas no son como en las fotos

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Un conjunto de demandas recientes en Estados Unidos está desafiando a las cadenas de comida rápida por publicidad engañosa. Abogados han presentado demandas colectivas contra empresas como Taco Bell, Wendy’s, McDonald’s, Burger King y Arby’s, alegando que sus anuncios no reflejan con precisión la comida real que sirven. Las demandas se centran en la diferencia entre cómo se muestra la comida en los anuncios y cómo se presenta en la realidad. Los abogados argumentan que la cantidad y calidad de los alimentos en la publicidad es mayor de lo que los clientes realmente obtienen. Para que un tribunal dé la razón a los demandantes en casos de publicidad falsa, deben demostrar que los anuncios engañarían a un «consumidor razonable». Esto plantea la cuestión de dónde se traza la línea entre publicidad exagerada y engañosa. Algunas cadenas, como Burger King, han argumentado que los consumidores entienden que la publicidad está estilizada para ser atractiva y que los productos son consistentes con lo prometido. Las demandas y la atención que han recibido pueden ayudar a educar al público sobre las expectativas realistas en la industria de la comida rápida.

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SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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