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Le dan 10 años de cárcel por no avisar a parejas que tiene VIH

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Un hombre de 27 años fue condenado en Estados Unidos a diez años de prisión, más cinco de libertad condicional, por haber tenido relaciones sexuales sin advertir a sus parejas de que era portador del virus del sida, informaron este miércoles medios locales.

Rasheem Ikey Bodiford supo que era positivo al VIH (virus de inmunodeficiencia humana) en septiembre de 2016, pero no se lo dijo a dos mujeres con las que tuvo sexo en el primer año desde que conoció su diagnóstico.
Una de esas mujeres le dijo a la policía del condado Escambia en junio de 2017 que, cuando supo por un análisis que tenía el virus, se acordó de que vio que Bodiford, su última pareja sexual, tenía en una ocasión una medicación para tratar el VIH.

Cuando le preguntó, él le dijo que los medicamentos eran de un tío suyo y que iba a venderlos.
Bodiford fue condenado el pasado viernes por el delito de tener relaciones sexuales sin haber informado a sus parejas de que era portador del VIH.

Fue una de las primeras condenas por este motivo en Florida.

El fiscal estatal Bill Eddins dijo al diario Pensacola News Journal que en abril pasado se celebró una audiencia judicial para determinar si Bodiford era una peligro para la gente, pues de otra manera, bajo el código penal actual, no hubiera podido ser privado de su libertad por el delito que se le imputó.

El jurado consideró que sí lo era y así fue condenado a diez años de cárcel más cinco años de libertad condicional.

Excelsior

Nota Principal

Ordenan indemnización millonaria por accidente aéreo en Cuba que dejó 112 muertos

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Un juez mexicano ordenó el pago de indemnizaciones tras el accidente aéreo ocurrido en 2018 en Cuba, donde murieron 112 personas, al determinar que el siniestro estuvo relacionado con fallas en el mantenimiento de la aeronave.

De acuerdo con documentos judiciales fechados el 31 de marzo y consultados por The Washington Post a través de la Agencia AP, un peritaje independiente concluyó que el hecho fue un “accidente institucional” derivado de negligencia sistemática en los trabajos de mantenimiento, señalando que el avión no debió despegar.

Con base en estos hallazgos, el juez resolvió que la empresa Aerolíneas Damojh, que operaba bajo el nombre comercial Global Air, deberá pagar 1.5 millones de dólares a cada una de las familias de los cuatro tripulantes mexicanos que promovieron la demanda inicial. La aerolínea no se presentó al juicio, por lo que fue sentenciada en ausencia.

El accidente involucró un Boeing 737 que se desplomó en un campo agrícola poco después de despegar del Aeropuerto Internacional José Martí. De las 113 personas a bordo, solo una mujer sobrevivió, mientras que la mayoría de las víctimas eran de nacionalidad cubana.

El informe pericial citado establece que los pilotos fueron la última línea de defensa, sin lograr evitar el impacto. Asimismo, señala que la causa principal fue la falta de mantenimiento adecuado por parte de la empresa propietaria.

El abogado de los demandantes, Samuel González, afirmó que desde el primer día en La Habana, el jefe de mantenimiento de la compañía reconoció ante los familiares que la aeronave no debía estar en operación.

La sentencia también identificó omisiones en los protocolos y deficiencias en la supervisión, factores que derivaron en el accidente y en la apertura de procesos legales por homicidio y demandas colectivas.

Mientras en Cuba las autoridades atribuyeron el hecho a error humano, en México se suspendió temporalmente a la empresa y se inició una investigación, sin que hasta el momento se haya informado su avance.

El litigio continúa, ya que se mantiene una demanda civil colectiva en representación de las víctimas, además de una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República. Según la defensa, la investigación enfrenta obstáculos debido a la falta de información por parte de autoridades cubanas.

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