Este día se dio a conocer que un tribunal federal rechazó el amparo que interpuso la ex líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo, para que ésta pudiera acceder a las carpetas de investigación que hay en su contra, así como de que se le alertara si hay una nueva investigación en su contra.
Esta vez el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal con sede en la Ciudad de México fue quien ratificó los fallos emitidos por los jueces Segundo y Décimo Quinto de Amparo en Materia Penal quienes negaron amparar a la lideresa Elba Esther Gordillo del SNTE.
Fue en octubre de 2018, cuando el titular del juzgado Segundo, José Díaz de León Cruz, decidió no amparar a la lideresa del SNTE contra el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en particular el artículo 218.
Así como ratificar en contra de la emisión de los oficios de 16 de mayo de 2018, de la Unidad Antilavado de la Seido, con los que se negó el acceso a las carpetas de investigación en donde tuviera el carácter de indiciada.
En este sentido la defensa de la maestra argumentó que el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, es inconstitucional, pues restringe el derecho de la solicitante de tener acceso a la carpeta de investigación.
Por lo anterior el juez señalado señaló que “por ende, aun cuando la quejosa manifieste tener conocimiento de que exista una denuncia en su contra y que la Representación Social se encuentra integrando una carpeta de investigación, si aún no tiene el carácter de imputada, de conformidad con el artículo 218 del CNPP, en virtud de que no ha sido citada a comparecer ante el MP con esa calidad, ni se le ha ocasionado algún acto de molestia en su perjuicio, ella o su defensa no pueden tener acceso a los registros de la investigación”.
Fuente: Regeneración