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Chihuahua

Maru Campos queda libre de todo proceso judicial

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El magistrado Juan Carlos Carrasco Borunda, titular de la Tercera Sala Penal revocó esta tarde la formulación de cargos y vinculación a proceso que hizo la Fiscalía General del Estado (FGE) en contra de la gobernadora María Eugenia Campos Galván y del exdiputado Rodrigo de la Rosa, dentro de la causa penal 2821/2020 por la llamada “Nómina Secreta”.

Al concluir la diligencia se determinó que quedaron concluidas y levantadas las medidas cautelares que se habían impuesto en contra de la gobernadora electa, en este caso, una propiedad de un valor por 1.5 millones de pesos.

 El magistrado señaló que el derecho de la defensa es de vital importancia, donde el imputado debe ser escuchado y tomado en cuenta previo a la judicialización de la causa, por lo que sin defensa no hay proceso justo o debido, pues asegura la participación en la decisión, dijo.

Esto en relación a la falta de acceso a la información por parte de los acusados, antes de que la FGE pidiera la formulación de cargos y vinculación al Juez Samuel Uriel Mendoza.

En la síntesis, el magistrado Carrasco señaló que existieron  deficiencias serias en la imputación que hizo el Ministerio Público.

Por ejemplo, en el caso del acusado Rodrigo de la Rosa se le atribuyó haber recibido dinero por un tercero, para supuestamente apoyar al exgobernador César Duarte en una iniciativa relativa a temas de la hacienda pública

En torno a la imputada María Eugenia Campos y César Jáuregui, se estableció que de 2014 a 2015 de forma indebida solicitaron del exgobernador diversas sumas de dinero.

Pero resulta inconclusa la investigación, son pruebas genéricas e insuficientes, pues la aprobación de las iniciativas es una facultad del Poder soberano y colegiado

“No cabe entender que con sus votos se hubieran producido las decisiones legislativas que supuestamente favorecieron al gobernador”; mencionó  Carrasco.

Añadió que no basta la labor del Ministerio Público de enlistar el trabajo de los acusados como integrantes de la LXIV Legislatura.

“Ni siquiera ella (Maru Campos) era coordinadora de la fracción parlamentaria… el Ministerio Público debe precisar los hechos que debe probar, la fiscalía no aportó más pruebas de relevancia”, señaló.

A este respecto y de manera previa, el abogado de Maru Campos, el abogado Francisco Molina declaró; “hubo violaciones de parte del Juez de la Causa y no alcanzan de ninguna manera a justificar lo que hizo el Ministerio Público.

En ese sentido la Ministerio Público Martha Isela Chávez respondió que se analizaron los escritos de la defensa y se contestaron los agravios

“Lo que nos compete es que se ratifica la contestación de agravios que en su momento hizo la fiscal Beatriz Adriana Aréchiga”, dijo.

El magistrado de la Tercera Sala Penal sin embargo mencionó que en relación a la solicitud de la defensa de los acusados en el sentido de que había prescrito el delito de cohecho, mencionó que no aplicaba.

Chihuahua

Fiscalía impugnará amparo que permitió liberar a dueño del crematorio Plenitud

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La Fiscalía General del Estado exigió la revisión inmediata del amparo que derivó en la liberación de José Luis A.C., propietario del crematorio Plenitud, y anunció la presentación de recursos legales para revertir la decisión.

El fiscal César Jáuregui informó que se promoverá un recurso de revisión ante jueces del Poder Judicial de la Federación con el objetivo de que se recomponga la sentencia y las cosas vuelvan al estado en que se encontraban. Además, se interpondrá una queja ante los órganos de control del propio Poder Judicial para que se analice la actuación del juez que concedió el amparo.

El funcionario dio a conocer que sostuvo un encuentro con familias afectadas, a quienes explicó la postura institucional y ofreció respaldo en la búsqueda de que la resolución sea modificada.

En conferencia de prensa, acompañado por el fiscal de Distrito Zona Norte, Carlos Manuel Salas, y el vicefiscal, Francisco Sáenz, detalló que el Juzgado Séptimo de Distrito otorgó el amparo para ordenar la libertad inmediata del imputado, quien estaba detenido por delitos vinculados con el establecimiento donde el 26 de junio fueron localizados 386 cuerpos. La noche del 13 de febrero, añadió, se cumplimentó la determinación judicial y el hombre salió en libertad.

Jáuregui recordó que previamente ese mismo juzgado había negado una solicitud similar al considerar que los cadáveres permanecieron durante meses en condiciones insalubres y en descomposición, lo que implicaba un riesgo para la comunidad.

Expuso que la autoridad ministerial acreditó la existencia de 386 cuerpos sin tratamiento adecuado y que a familiares se les entregaron urnas con restos que no correspondían a sus seres queridos. Indicó que el juez que concedió el amparo centró su análisis en los verbos rectores de los delitos, ocultar y conservar, al estimar que no se configuraban porque los cuerpos no estaban escondidos.

El fiscal agregó que ya se diseña una estrategia jurídica y, para no entorpecer los procesos, se reservarán más detalles. Reiteró el compromiso de la institución para garantizar a las víctimas el acceso a la justicia.

Hasta ahora, la Fiscalía ha identificado 191 cuerpos, de los cuales 185 han sido entregados, y se realizaron 152 peritajes de ADN cuyos resultados se recibirán en los próximos días.

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