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México

Mexicanos, con derecho a tener armas en su domicilio para legítima defensa

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Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, señala el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional.

El documento, publicado hoy por la Secretaría de Gobernación y expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 22 de marzo, precisa en su artículo 10 que no se podrán tener en los hogares las armas prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva.

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El decreto, aparecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF), indica en su artículo 10 que “La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”.

En un artículo único apunta “Se reforman los artículos 10; 16, párrafo quinto; 21, párrafos noveno, décimo y su inciso b); 31, fracción III; 35, fracción IV; 36, fracción II; 73, fracción XXIII; 76, fracciones IV y XI, y 89, fracción VII; se adicionan los párrafos décimo primero, décimo segundo y décimo tercero al artículo 21; y se derogan la fracción XV del artículo 73, y la fracción I del artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

En el artículo 16 agrega que “Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público”.

En el artículo 21, incisos c) a e), puntualiza que “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y Municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación.

En los transitorios indica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El Congreso de la Unión dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto, expedirá la Ley de la Guardia Nacional y hará las adecuaciones legales conducentes.

Asimismo, expedirá las leyes nacionales que reglamenten el uso de la fuerza y del registro de detenciones dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este decreto.

La Guardia Nacional se constituirá a la entrada en vigor del presente Decreto con los elementos de la Policía Federal, la Policía Militar y la Policía Naval que determine en acuerdos de carácter general el Presidente de la República.

En tanto se expide la ley respectiva, la Guardia Nacional asumirá los objetivos, atribuciones y obligaciones previstas en los artículos 2 y 8 de la Ley de la Policía Federal, con la gradualidad que se requiera para asegurar la continuidad de operaciones y la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros que correspondan.

De igual forma, el Ejecutivo Federal dispondrá lo necesario para la incorporación de los elementos de las policías Militar y Naval a la Guardia Nacional y designará al titular del órgano de mando superior y a los integrantes de la instancia de coordinación operativa interinstitucional formada por representantes de las secretarías del ramo de seguridad, de la Defensa Nacional y de Marina.

Los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional, conservarán su rango y prestaciones.

La ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado a aquélla, así como el reconocimiento del tiempo de servicio en la misma, para efectos de su antigüedad.

Lo anterior será aplicable, en lo conducente, a los elementos de la Policía Federal que sean adscritos a la Guardia Nacional.

Excelsior

México

México y Estados Unidos refuerzan cooperación contra tráfico de armas y robo de combustible

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México y Estados Unidos acordaron profundizar y agilizar el intercambio de información en materia de tráfico de armas, así como fortalecer la cooperación para combatir el robo de combustible y otros delitos transnacionales, tras la segunda reunión del Grupo de Implementación en Seguridad México-Estados Unidos.

La Secretaría de Relaciones Exteriores informó que el encuentro se realizó el pasado 11 de diciembre como parte del seguimiento al Programa de Cooperación sobre Seguridad Fronteriza y Aplicación de la Ley, mecanismo acordado por ambos países para atender de manera coordinada temas prioritarios en materia de seguridad. En la reunión participaron el encargado de despacho de la cancillería mexicana, Roberto Velasco, y el embajador de Estados Unidos en México, Ronald Johnson, junto con funcionarios de ambos gobiernos.

Durante la sesión se revisaron los avances alcanzados desde la reunión previa celebrada en McAllen, Texas, donde se había puesto énfasis en el combate al tráfico de armas. En esta ocasión, además, se analizaron desafíos emergentes para la seguridad regional, particularmente el uso de drones por parte de organizaciones criminales.

Como parte de los acuerdos, ambas naciones determinaron dar continuidad a las acciones de incautación de armamento y municiones, así como reforzar el intercambio de información para identificar y desarticular redes dedicadas al tráfico ilegal de armas. También se estableció fortalecer la cooperación en materia de extradiciones y las investigaciones relacionadas con el robo de combustibles, con el objetivo de maximizar el impacto de las acciones coordinadas antes de la próxima reunión, prevista para enero de 2026.

La SRE precisó que durante el encuentro se reiteró que la cooperación bilateral en seguridad se rige por los principios de respeto a la soberanía y a la integridad territorial de ambos países, bajo un enfoque de responsabilidad compartida y sin subordinación. Indicó que el intercambio de información, la coordinación operativa y el diálogo permanente deben traducirse en mejores condiciones de seguridad para las poblaciones de México y Estados Unidos.

Por su parte, el Departamento de Estado de Estados Unidos señaló que, como parte de esta cooperación, se han emprendido acciones contra instituciones financieras y personas involucradas en la fabricación, distribución y venta de fentanilo y precursores químicos. Asimismo, informó que ambos países se comprometieron a acelerar los esfuerzos conjuntos para desmantelar cárteles y grupos delictivos, interrumpir fuentes de ingresos ilícitos y contrarrestar amenazas emergentes, incluido el uso de drones en la frontera.

Las autoridades de ambos países confirmaron que continuarán los trabajos bilaterales y que el diálogo en materia de seguridad se mantendrá de forma permanente.

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