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Mexicanos trabajan cuatro días «gratis» al año; éste serán cinco

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Sabías que los mexicanos trabajan hasta cuatro días gratis al año y que cuando este es bisiesto se suma una jornada más sin pago alguno?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que cuando los trabajadores están contratados con un salario mensual –como es la mayoría de los casos–, el pago se divide en dos partes iguales –en quincenas– sin que esto obligue a las empresas a entregar una remuneración extra cuando el mes tenga 31 días.
Tal disposición está sustentada en la tesis de jurisprudencia, emitida –el 15 de agosto de 2007– por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual resolvió que, de acuerdo a los artículos 82, 83, 88 y 89 de la LFT, cuando el salario del trabajador se fija de forma mensual, no existe razón para aumentar el correspondiente al día treinta y uno.
«Por lo que –el día extra– debe considerarse incluido en la remuneración mensual, ya que tal pago no se hace en atención al número de días trabajados, sino a la unidad de tiempo: ‘mes'»; mismo que aplica para todos los 12 meses del año, «no obstante la diferencias de días de cada uno de ellos».
Matemáticas simples
De acuerdo a lo anterior, los trabajadores de nuestro país laboran seis quincenas –formales– integradas por 16 días cada año, correspondientes a la segunda parte de los meses de enero, marzo, mayo, agosto, octubre y diciembre.
Mientras que en cada segunda quincena de febrero sólo laboran 13 días y reciben el pago de 15; de tal suerte que al restar estos últimos dos días no trabajados –pero pagados por las empresas– de los seis adicionales correspondientes a los meses que tienen 31 días, en términos reales los mexicanos trabajan cuatro jornadas gratis cada año.
Pero como este mes (febrero) trae 29 días, por ser un año bisiesto, la cuenta se eleva a cinco días efectivamente trabajados sin que haya una remuneración real, porque la Ley del Trabajo sólo reconoce que cada mes tiene 30 días que deben cubiertos con la remuneración correspondiente.
Descontar días, sin fundamento legal
Héctor Sergio Cuadra Flores, socio del despacho CLyO Abogados, explicó que las Ley federal del Trabajo es muy clara: el salario está tasado en 15 días laborables y dos quincenas al mes, así que es ilegal cualquier descuento al pago correspondiente a la segunda parte de febrero.
«Aunque en un año normal, los empleados laboren sólo 13 días durante la segunda quincena de febrero o 14 cuando es año bisiesto, las organizaciones deben entregar la quincena completa y aún cuando el contrato establezca algún ajuste al respecto, lo que por derecho prevalece es lo citado por la LFT», dijo.
En una entrevista con Publimetro, refirió que la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación –de igual forma que en el punto anterior– determina que aún cuando los empleados laboren seis quincenas de 16 jornadas, correspondientes a los meses del año con 31 días, los patrones no cometen ninguna irregularidad.
Sin embargo, puntualizó el especialista, en caso de que alguna persona sea afectada por las decisiones de la compañía en la que presta sus servicios, en específico por descontarle días a la segunda quincena de febrero, puede denunciar los hechos ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, aunque esto –literalmente– lo pondría con un pie fuera de la empresa.

 

Publimetro

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Reacreditan en la UACH tres programas de humanidades de la Facultad de Filosofía y Letras

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La Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Chihuahua obtuvo la reacreditación de tres de sus programas académicos: Filosofía, Lengua Inglesa y Letras Españolas, lo que reafirma su compromiso con la calidad educativa en el área de las humanidades.

Los programas renovaron su acreditación ante el Consejo para la Acreditación de Programas Educativos en Humanidades, A.C. (COAPEHUM), un proceso que la Facultad ha sostenido de manera ininterrumpida desde 2008. Esta continuidad refleja la solidez académica de sus planes de estudio, así como el trabajo permanente de evaluación y mejora en la formación profesional que se ofrece al estudiantado.

COAPEHUM es un organismo integrado al Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, conocido como SEAES. Su creación surgió del esfuerzo conjunto de las directoras y directores de las escuelas y facultades que conforman la Red Nacional de Escuelas y Facultades de Filosofía, Letras y Humanidades, con el objetivo de contribuir al desarrollo, fortalecimiento y difusión de estas disciplinas en el país.

La Facultad de Filosofía y Letras de la UACH forma parte activa de esta Red Nacional, lo que le permite participar de manera constante en procesos de evaluación académica orientados a garantizar estándares de calidad y pertinencia en la formación de profesionistas del ámbito humanístico. Estas evaluaciones consideran distintos aspectos del quehacer académico, entre ellos los planes de estudio, el perfil docente y los procesos institucionales.

Con la reacreditación de los programas de Filosofía, Lengua Inglesa y Letras Españolas, la Universidad Autónoma de Chihuahua refrenda su compromiso con la excelencia académica y la formación integral de su comunidad estudiantil. Este reconocimiento fortalece la oferta educativa de la institución y consolida su contribución al desarrollo de las humanidades en beneficio de la sociedad chihuahuense.

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