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México

Multas que debes pagar por no saber cuidar a tu perrito 

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A bordo de un coche en forma incorrecta

Pasear a tu perrito en un coche es algo que puede disfrutar mucho, sin embargo, es necesario que viaje de una manera segura para él y para las personas a bordo.

Por lo que no se debe llevar en las piernas o brazos mientras el conductor maneja.

Si se lleva a cabo esta acción, se estaría violando el artículo 38 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, la cual indica que para evitar acciones que pongan en riesgo a otros usuarios de la vía se tiene prohibido sostener o cargar personas o animales en brazos y piernas.

Por esta falta a la civilidad, la multa va de las 10 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que equivale a 96.22 pesos, con lo que las personas pagarían entre 962 y mil 924 pesos, reportó Milenio.

 

Traer perro sin correa

 

Es importante que los canes tengan libertad para pasear, jugar, saltar y socializar con otros perros, por lo que es muy saludable que salgan a la calle, pero se debe poner especial atención en hacerlo con correa, ya que de lo contrario, habrá una sanción.

Según el artículo 28 de la Ley de la Cultura Cívica, esto es una infracción en la que se señala que se debe transitar con las medidas se seguridad necesarias de acuerdo con las características particulares del animal para prevenir posibles ataques a otras personas o animales.

Si se comete esta acción, entonces habría una multa de 11 a 40 veces la UMA (hasta 3,848 pesos) o un arresto de 6 a 12 horas o trabajo comunitario de 3 a 6 horas.

 

¿Recoger heces del perro?

 

Tener un perrito es tomar en cuenta todo lo que implica, no nada más acariciarlo, jugar con él o tener una compañía protectora, es necesario hacerse cargo de sus necesidades y de ser responsable cuando el can defeque.

No se te debe olvidar llevar una bolsita para recoger sus heces, porque podrías ser acreedor de una multa de entre mil 58 a tres mil 848 pesos.

Asimismo, podrías ser sancionado con arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Cultura Cívica.

 

El maltrato animal

 

El artículo 350 Bis del Código Penal Local indica que las personas que maltraten o le causen lesiones de cualquier tipo a los animales, sin que pongan en riesgo su vida, tendrán una sanción de seis meses a dos años de cárcel y de 50 a 100 días de multa.

Y si las las lesiones ponen en peligro la vida del animal, entonces se incrementarán en una mitad las penas señaladas, mientras que si se provoca la muerte del animal, el responsable tendrá de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días de multa, además de que se le asegurarán todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado.

Fuente: elimparcial.com.mx

 

México

Hacienda asegura que ajuste al IEPS no elevará el precio de las gasolinas

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría de Energía, aseguró que la actualización al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios no provocará incrementos en el precio final de los combustibles a partir del 1 de enero. Las dependencias federales señalaron que el ajuste anual por inflación, previsto en la ley, será absorbido sin afectar a los consumidores, por lo que se mantendrá la estabilidad en las estaciones de servicio del país.

De acuerdo con la información oficial, esta decisión se sustenta en la estrategia nacional para estabilizar el precio de la gasolina, vigente desde marzo de este año. El esquema contempla un acuerdo voluntario con empresarios del sector para establecer un tope máximo de 24 pesos por litro en la gasolina regular, conocida como magna o de menor a 91 octanos. El objetivo es evitar que las variaciones en los mercados internacionales de hidrocarburos impacten en la economía de las familias.

Las autoridades indicaron que el compromiso se mantendrá pese a la actualización del IEPS, por lo que el precio en bomba no deberá registrar cambios significativos al inicio de 2026. La administración federal subrayó que este mecanismo forma parte de una política para preservar la estabilidad económica y contener presiones inflacionarias en los energéticos.

En las cuotas publicadas en el Diario Oficial de la Federación se establece que el impuesto para la gasolina magna será de 6.70 pesos por litro, mientras que para la gasolina premium se fijó en 5.65 pesos y para el diésel en 7.36 pesos por litro. Hacienda precisó que estos montos responden únicamente a un ajuste técnico por inflación y no modifican los términos del acuerdo con los distribuidores de combustibles.

El gobierno federal informó que dará seguimiento puntual a los precios finales para verificar que se respete el tope acordado en las estaciones de servicio. Con ello, se busca despejar dudas sobre posibles aumentos al cierre de año y garantizar que el ajuste fiscal no se traduzca en un alza para los consumidores. Asimismo, se reiteró que cualquier cobro que supere los límites establecidos puede ser reportado ante la Procuraduría Federal del Consumidor.

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