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México

¿No tienes diploma? SEP lanza Acuerdo 286 para obtener título profesional

Incluso si no tienes estudios formales pero adquiriste conocimientos y destrezas mediante práctica laboral o de forma autodidacta puedes aplicar para obtener un título.

Ciudad de México. – La Secretaría de Educación Pública (SEP) puso a disposición una modalidad a través de la cual aquellos interesados en concluir sus estudios puedan acceder a un título universitario o certificado de bachillerato.

Se llama Acuerdo 286, y beneficia directamente a las personas que, por uno u otro motivo, no pudieron finalizar sus estudios o están estancados en el proceso de titulación, pero que, al mismo tiempo, tienen las habilidades y los conocimientos que se necesitan para ejercer.

¿Qué es el Acuerdo 286?

Se trata de un proceso que se lleva a cabo a través de evaluaciones globales cuya meta es la obtención de un certificado o título profesionala las personas que padecen de bachillerato o licenciatura trunca.

También beneficia a quienes acreditaron los créditos totales de determinado plan o programa de estudios, pero que siguen sin tener en sus manos el documento académico que avala su conclusión.

Un tercer grupo beneficiado es aquel compuesto de personas que, si bien no tienen estudios formales, sí cuentan con los conocimientos y destrezas obtenidas mediante la práctica laboral o de forma autodidacta.

¿Cómo puedes tramitar tu título mediante el Acuerdo 286?

Verifica las instituciones con autorización para evaluar a través del Acuerdo 286.

Agenda una fecha de evaluación.

  • La Institución Evaluadora verificará que cumplas con todos los requisitos establecidos de conformidad con la normatividad aplicable, además de cumplir con los requisitos que la institución establece de conformidad con la autorización otorgada por el Comité Permanente de Designación.

Presenta Evaluación

  • La evaluación puede estar conformada de dos o más exámenes, los cuales deberás acreditar con el puntaje aprobatorio establecido por la Institución Evaluadora.
  • Acredita las evaluaciones correspondientes.

Tramita el título

  • El trámite se puede realizar a través de la DGAIR o de la Institución Evaluadora.
  • En caso de elegir presentar el trámite ante la DGAIR deberá enviar correo electrónico a solicitudesacuerdo286@nube.sep.gob.mx de lunes a viernes de 9:00 a 18.00 horas.

¿Qué documentación debes presentar?

  • Solicitud de expedición de título, con firma autógrafa en tinta azul,
  • Acta de Nacimiento,
  • CURP
  • Identificación oficial vigente con fotografía (INE, Pasaporte o Cédula Profesional),
  • Dictamen de Evaluación emitido por la Institución Evaluadora y,
  • Pago de Derechos $288.00 en el siguiente enlace https://tramites.sep.gob.mx/dgair
  • Los Documentos señalados deberán ser enviados en un solo archivo en formato PDF.
  • Descarga el formulario en archivo Excel editable.
  • Enviar toda la información al correo electrónico solicitudesacuerdo286@nube.sep.gob.mx de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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