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NUEVA LEY DE AMPARO – Por Jaime A. Fong Rios

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Con el gusto de que me lean y saludándolos, les platico que el día de ayer el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en San Lázaro, la minuta que había sido enviada por el Senado de la República el pasado 18 de octubre del 2011 – luego de más de 15 meses – donde se expide la Ley de Amparo que reglamenta los artículos 103 y 107 de nuestra constitución.

PlenoDurante la cuarta sesión de este año, los diputados se pusieron de acuerdo para sacar algo que tenía demasiado tiempo en el olvido y que creo es algo, que como abogado, beneficiara a todos los ciudadanos.

¿Pero de que nos habla esta nueva Ley de Amparo? Moderniza y adecua el juicio de amparo a los tiempos actuales, para que su tramitación sea más ágil y oportuna, así como aumentar su protección, ampliando el ámbito de su tutela, protegiendo intereses legítimos de las personas, así como la posibilidad de que haya declaratorias generales de inconstitucionalidad para un beneficio más generalizado.

Fortalecer facultades.

La nueva Ley fortalece las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la atención prioritaria de los asuntos que le competen, es decir que tendrá la facultad de poder resolver asuntos de mayor importancia en un menor tiempo.

El juicio de amparo, seguirá siendo el instrumento que de certeza jurídica a todos los ciudadanos, atendiendo la protección de los derechos fundamentales que tenemos ante los posibles actos de autoridades.

Las cuestiones mercantiles, ahora podrán ser desahogadas en los tribunales federales, así como los delitos del orden federal, siendo la primera una elección del autor del juicio.

Diferentes tipos de amparo.

Los amparos por su tipo, pueden ser directos e indirectos, los primeros atendiendo cuestiones de fondo, como es la Sentencia de un juicio. Los segundos resuelve sobre cuestiones de forma, todas aquellas violaciones que se dan durante el procedimiento.

Les comento esto por el sonado caso de la francesa liberada en días pasados, les explico: – El fundamento de la Sala Penal fue que se habían violado derechos fundamentales durante la detención y el procedimiento de la detenida – pues bien, ahora si dichas violaciones no se invocan en el primer amparo, ni el tribunal colegiado las hizo valer de oficio en los casos que proceda la suplencia de la queja, estas no podrán ser motivo de estudio ni estudio de violación en un amparo posterior.

En resumen, como dice el maestro Héctor Villasana Rosales, catedrático de muchos años de la Facultad de Derecho de la UACh, de la materia de amparo: “El Amparo es el padre del Derecho”. – ¿Sera acaso cierto? O Usted, que opina?

Al Tiempo, tiempo.

Nos leemos la próxima semana.

Twitter: @jafong

jaime fongJaime Agustín Fong Ríos, es originario de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, egresado de la Licenciatura en Derecho por la Universidad Autónoma de Chihuahua, ha trabajado como asesor de comisiones legislativas en el Congreso del Estado de Chihuahua y actualmente labora en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

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Miles esperan lugar en la UACH: ya están listos los resultados del examen de admisión

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La Universidad Autónoma de Chihuahua recibió de manera oficial los resultados del examen de admisión aplicado a aspirantes de nuevo ingreso, evaluación que estuvo a cargo del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL).

La entrega formal de los resultados se realizó ante la notaria pública número 13, Rosalinda Ramos Ríos, con el propósito de garantizar certeza jurídica, transparencia y legalidad en todo el proceso, conforme a los lineamientos establecidos para este tipo de evaluaciones.

En esta etapa participaron más de cuatro mil aspirantes, quienes presentaron el examen el pasado 5 de diciembre, tanto en modalidad presencial como virtual, como parte del mecanismo de ingreso a los distintos programas académicos que ofrece la máxima casa de estudios del estado.

La UACH informó que la publicación de los resultados se lleva a cabo en estricto apego a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, por lo que la consulta se realiza únicamente mediante el número de folio asignado a cada sustentante, sin mostrar nombres ni información sensible.

Las y los aspirantes pueden verificar su estatus dentro del proceso de ingreso a través del sistema oficial habilitado por la universidad, donde se reflejan los resultados correspondientes a esta evaluación.

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