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Chihuahua

Obtiene la FGE sentencias en contra de siete personas por robo de vehículo

El agente del Ministerio Público de la Unidad Especializada en Investigación de Autos Robados, recabó y aportó el cúmulo de evidencia para que varias personas acusadas de hurtar automóviles obtuvieran una sentencia condenatoria, penas que fueron dictadas un Juez de Control, siendo los casos siguientes:

Víctor Manuel Pérez Ríos Morales: sentencia de dos años y cuatro meses de prisión, sin el beneficio de la condena condicional, aceptó en un juicio abreviado su responsabilidad en el ilícito que cometió el 30 de agosto del 2017, ya que con un cuchillo amenazó a la víctima para despojarla de un vehículo Dodge Intrepid, modelo 2002, hecho que ocurrió en la calle Maracuyá de la colonia Portal del Roble.

Francisco Alberto Bañuelos Pacheco: sentencia de dos años y cuatro meses de prisión, sin el beneficio de la condena condicional, aceptó en un juicio abreviado su responsabilidad en el ilícito que cometió el 18 de julio del 2017, ya que con un arma de fuego amenazó a la víctima para despojarla de un vehículo Dodge Durando, modelo 2006, hecho que ocurrió en el cruce de las calles Ramón Rayón y Milpa, de la colonia Zaragoza.

Jorge Luis Delgado Sánchez: sentencia de dos años y ocho meses de prisión, aceptó en un juicio abreviado su responsabilidad en el ilícito que cometió el 27 de noviembre del 2010, luego de que conducía un vehículo Nissan Máxima, modelo 2003, con reporte de robo, hecho que ocurrió en el cruce de las calles eje vial Juan Gabriel y Municipio Libre, de la colonia Rastro Viejo.
David Estrada Valenzuela y Luis Alfonso Cruz Hernández: sentencia de tres años y cuatro meses de prisión, sin el beneficio de la condena condicional, aceptaron en un juicio abreviado su responsabilidad en el ilícito que cometieron el 30 de julio del 2017, ya que con un cuchillo amenazaron a la víctima para despojarla de un vehículo Chevrolet Malibu, modelo 2006, hecho que ocurrió en el cruce de Talamás Camandari y Paseo de San Isidro, de la colonia El Sauzal.

Ismael González Rodríguez y Jessica Ibarra Ibarra: sentencia de tres años y seis meses de prisión, sin el beneficio de la condena condicional, aceptaron en un juicio abreviado su responsabilidad en el ilícito que cometieron el 07 de julio del 2016, ya que con un arma blanca amenazaron a la víctima para despojarla de una motocicleta Honda, modelo 2008, hecho que ocurrió en la calle Zenzontle.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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