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Duarte

Oficial: César Duarte será extraditado. Estados Unidos le niega suspensión.

Un tribunal Colegiado en materia Penal declaró infundado e inoperante el recurso de queja con el que César Duarte Jáquez ex gobernador de Chihuahua, buscaba obtener la suspensión para evitar que el gobierno de México entregue, por la vía diplomática, a su similar de Estados Unidos, la petición de extradición.

Con esta resolución, el gobierno de México no tiene impedimento para continuar con el proceso de extradición de Duarte Jáquez, quien se encuentra preso en la ciudad de Miami desde el pasado 8 de julio.

Este lunes, los magistrados señalaron que los argumentos presentados por la defensa de Duarte Jáquez no son suficientes para revocar la resolución de la juez María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, quien desechó el juicio de amparo respecto a la solicitud de detención provisional con fines de extradición y la petición de extradición, al considerar que no causaban un agravio personal y directo a los derechos sustantivos del demandante del amparo.

En su resolución los magistrado indicaron que fue correcto que la juzgadora negara la suspensión provisional contra los actos relacionados con la extradición, ya que el fondo de la demanda de garantías es la orden de aprehensión y no la petición de extradición, pues se trata de actos cuya naturaleza jurídica es distinta y normativamente no se encuentran relacionados.

Lo que queda inamovible, es la suspensión provisional contra la orden de aprehensión que le otorgo la semana pasada la juez Núñez Solorio quién además le ordenó el pago de una garantía de 2 millones de pesos.

Asimismo, el político chihuahuense tendrá la obligación de asistir ante la autoridad responsable, dentro de los tres días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación, a fin de responder de los cargos que se le atribuyen, debiéndolo acreditar ante este juzgado dentro de las 24 horas siguientes.

La juez ordenó que Duarte debará acudir las veces que sea requerido por la misma autoridad para la práctica de cualquier diligencia relacionada con el expediente correspondiente. Además, deberá acudir cada viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, al juzgado de amparo a efecto de registrar su asistencia.

La suspensión quedará sin efectos, si dentro del plazo de cinco días siguientes al en que surta efectos la notificación, el quejoso no otorga la garantía fijada y si no cumple con las medidas de aseguramiento.

Este lunes, los magistrados señalaron que los argumentos presentados por la defensa de Duarte Jáquez no son suficientes para revocar la resolución de la juez María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, quien desechó el juicio de amparo respecto a la solicitud de detención provisional con fines de extradición y la petición de extradición, al considerar que no causaban un agravio personal y directo a los derechos sustantivos del demandante del amparo.

En su resolución los magistrado indicaron que fue correcto que la juzgadora negara la suspensión provisional contra los actos relacionados con la extradición, ya que el fondo de la demanda de garantías es la orden de aprehensión y no la petición de extradición, pues se trata de actos cuya naturaleza jurídica es distinta y normativamente no se encuentran relacionados.

Lo que queda inamovible, es la suspensión provisional contra la orden de aprehensión que le otorgo la semana pasada la juez Núñez Solorio quién además le ordenó el pago de una garantía de 2 millones de pesos.

Asimismo, el político chihuahuense tendrá la obligación de asistir ante la autoridad responsable, dentro de los tres días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación, a fin de responder de los cargos que se le atribuyen, debiéndolo acreditar ante este juzgado dentro de las 24 horas siguientes.

La juez ordenó que Duarte debará acudir las veces que sea requerido por la misma autoridad para la práctica de cualquier diligencia relacionada con el expediente correspondiente. Además, deberá acudir cada viernes, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, al juzgado de amparo a efecto de registrar su asistencia.

La suspensión quedará sin efectos, si dentro del plazo de cinco días siguientes al en que surta efectos la notificación, el quejoso no otorga la garantía fijada y si no cumple con las medidas de aseguramiento.

Chihuahua

El exsecretario Jaime Herrera Corral tendrá que pagar indemnización de ¡2 mil 723 millones!

Jaime Herrera Corral, exsecretario de Hacienda del Gobierno del Estado durante la administración de César D.J., fue inhabilitado por 10 años por parte del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.

Así se consta en un documento exhibido de manera parcial, en donde se establece que el pleno de los magistrados del TEJA resolvió declarar que el asunto en contra del exfuncionario estatal no se sobresee, tal y como lo habría solicitado la defensa.

Asimismo, se detalla que sí existen elementos para determinar la comisión de una falta administrativa grave, al considerar que existió el desvío de recursos públicos por parte del sentenciado.

En el documento resolutivo por parte del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, se expone que el ciudadano Jaime Ramón Herrera Corral quedará inhabilitado de manera temporal para ejercer o desempeñar cargos o comisiones en el servicio público.

De igual forma, se establece que tampoco podrá participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas por un periodo de 10 años.

Dentro de la sentencia también se estableció que el exfuncionario estatal deberá pagar una cuantiosa indemnización por el concepto de daño patrimonial en contra de la Hacienda Pública Federal.

Dicha indemnización asciende a los 2 mil millones 723 mil pesos, cantidad que se apega al contenido de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, argumentado en el dictamen aprobado por el TEJA.

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