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Chihuahua

Ofrece Corral colaboración a Fepade para que haga su propia investigación de triangulación de recursos

La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) debe hacer una investigación nacional propia de la triangulación de recursos hacia el PRI, no puede haber atracción de la carpeta del desvío de 250 millones de pesos en Chihuahua, porque el caso ya está judicializado, señaló el gobernador Javier Corral Jurado.

“Es una investigación propia, no puede haber atracción porque el caso de Chihuahua ya está judicializado”, expresó el Gobernador, entrevistado en el programa Despierta de Carlos Loret de Mola, en Televisa.

–¿Qué opinión le merece la atracción del caso Duarte por la FEPADE?, se le preguntó al mandatario.

–No hay posibilidad alguna de que la FEPADE atraiga esta investigación que realiza la Fiscalía General del Estado, respondió.

Javier Corral consideró que a menos que quisieran vulnerar la ley, se podría atraer un caso ya judicializado en un estado.

“Me parece que ya están rectificando o corrigiendo. Ahora se habla fundamentalmente de una investigación en el ámbito de sus competencias, ahí no tenemos problema, de hecho lo hemos pedido”, explicó.

“Es una investigación propia –indicó– no puede haber atracción porque el caso de Chihuahua ya está judicializado”.

Recordó que lo que ya se había pedido es que la FEPADE ponga a investigar el delito electoral porque es su materia exclusiva, su competencia exclusiva.

“Incluso sería muy bueno que la FEPADE iniciara una indagatoria en otras entidades porque es ingenuo pensar que lo que un operador nacional del PRI realizó en Chihuahua no lo llevó a cabo en otras entidades federativas”, agregó.

El Gobernador señaló que se colaborará en todo con la FEPADE en el tema de la investigación del delito electoral.

“Vamos a compartir todas las investigaciones y todos los expedientes y toda la información que nos soliciten”, destacó.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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