Conecta con nosotros

Chihuahua

Opera normalmente conexión entre Troncal 1 y Terminales de Autobuses

La Dirección de Transporte de Gobierno del Estado informó que el servicio de enlace foráneo de pasajeros a través de la Ruta Troncal 1 está vigente desde el 25 de julio y permanecerá hasta el 31 de agosto de este año.

El enlace de la Troncal 1 con las terminales de transporte en las zonas norte y sur del estado, es un esfuerzo integral del Gobierno del Estado por unir el transporte urbano de la ciudad de Chihuahua con el foráneo, con el fin de dar a los usuarios más rapidez, comodidad y seguridad durante el periodo vacacional.

De esa forma, el pasajero no tendrá que salir de la terminal de autobuses para poder abordar la ruta Troncal.

La dependencia puntualizó que el servicio antes mencionado se presta desde la Central Camionera hasta la Terminal Sur en ambos sentidos y de la Terminal Norte hasta la Pistolas Meneses en ambos sentidos, con un horario de 7:00 de la mañana a 10:00 de la noche.

El costo de este servicio no sufre incrementos en la tarifa establecida, porque tendrá por igual un costo de $7.00 pesos por persona y se respetan las credenciales que otorga descuentos a grupos vulnerables.

Durante todo el trayecto entre las terminales, los autobuses de la Troncal 1 no pueden recoger ni dejar pasaje. El servicio es directo.

Las frecuencias de paso de los autobuses entre las terminales norte y sur, y las centrales de transporte foráneo pueden ser más amplias que las de circulación dentro de la troncal, lo cual tiene un intervalo de aproximadamente cada 30 minutos.

El Gobierno del Estado, a través de la Dirección de Transporte, continuará con los esfuerzos para dar un mejor servicio a las personas que están en tránsito por la ciudad de Chihuahua.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto