Una sentencia de amparo ordenó a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) decretar, en un plazo de 10 días hábiles, la Alerta de Violencia de Género en la Ciudad de México.
En un juzgado federal se concluyó que para la alerta es imperativa la coordinación con los tres niveles de gobierno, aunado a que se deben asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la situación que se vive en la capital del país.
La autoridad responsable debe declarar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres solicitada, tomando en cuenta que es un mecanismo de emergencia, por tanto, las acciones que se implementen no deben confundirse con las políticas públicas u otros instrumentos previstos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que se deben implementar acciones en donde los resultados se puedan alcanzar a corto plazo», señala la sentencia.
Incluso se expuso que durante los dos años que se tardó el gobierno capitalino en emitir la resolución, se provocó que las mujeres y niñas que habitan en la Ciudad de México no contaran con acciones encaminadas a enfrentar y erradicar la violencia feminicida, prolongando el estado de indefensión en el que se encuentran.
El contenido de este amparo es importante no solamente para el procedimiento de la alerta en la Ciudad de México si no para los mecanismos que están vigentes en el país y para las futuras solicitudes», afirmó Ana Yeli Pérez Garrido, directora de Justicia Pro Persona.
Incluso se criticó que la Conavim considere que las organizaciones civiles no tienen interés legítimo ni jurídico aun cuando en la propia Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se les reconoce como sujetos que pueden solicitar se declare la alerta.
Fuente: Excelsior