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México

Padres de los 43 se reunirán cada mes con PGR

Padres de los 43 normalistas desaparecidos en Iguala el 26 de septiembre del año pasado, acordaron reunirse cada mes con la procuradora General de la República, Arely Gómez para hablar sobre los avances de la investigación, informó Melitón Ortega vocero de los familiares.

“La procuradora (Arely Gómez) nos dijo que la investigación sigue su curso, por eso es que decimos que es importante que se dé a conocer lo que haya y la propuesta de reunirnos cada mes con ella para nos informe cómo van las cosas”, dijo en entrevista con Ciro Gómez Leyva, para Grupo Fórmula.

Melitón Ortega señaló que la confianza con la procuradora se va a ir construyendo con los resultados que ésta les dé sobre las investigaciones por la desaparición de los estudiantes de la Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”.

En entrevista con Adela Micha, para Grupo Imagen, Emiliano Navarrete, padre de normalista desaparecido,  dijo que en la reunión que tuvieron con la procuradora general de la República,  Arely Gómez, no hubo información nueva sobre los estudiantes.

“Las cosas que nos dijo (Arely Gómez) son las mismas que cuando estaba el procurador Murillo, no hay avance, es desesperante. No se lo deseo a nadie y más que se lo pides al mismo representante de tu país y él es el mismo que pone obstáculos”.

El padre del normalista desaparecido reveló que en la reunión también estuvieron presentes integrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como observadores.

“Ellos no van a cuestionar ni nada, ellos sólo nos acompañan y van de observadores. La verdad es feo pedir ayuda a otros países porque el tuyo te está poniendo el pie en el pescuezo y solo pone obstáculos para seguir la investigación”.

Ayer, el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes para el caso Ayotzinapa dio a conocer la reunión entre los familiares de los normalistas desaparecidos, heridos y asesinados el pasado mes de septiembre y la procuradora Arely Gómez.

Esta es la primera reunión entre la procuradora Arely Gómez y los familiares y fue concertada por el GIEI. En este encuentro estuvieron presentes los miembros del Grupo, a petición de ambas partes.

Milenio

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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