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Chihuahua

Piden agravar feminicidio infantil en Chihuahua

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El Diputado de Morena, Benjamín Carrera Chávez, solicitó al congreso del estado reformar el artículo 126 bis del Código Penal del Estado de Chihuahua para homologar el delito de feminicidio con la iniciativa federal propuesta en la cámara de diputados en la que se incrementa de 60 a 65 años y se agrava el feminicidio infantil.

El legislador de Morena consideró que es muy importante recatar el trabajo hecho por la Fiscalía y la Cámara de Diputados; para desterrar el feminicidio y darle un mensaje de aliento a las chihuahuenses que hoy estamos horrorizadas de ver lo que está pasando en contra de las mujeres y esta violencia exponencial.

En su participación en el pleno el diputado por Morena, recordó que Ciudad Juárez lidera como la localidad con más feminicidios en el estado de Chihuahua, al acumular 39 durante los últimos tres años, lo que equivale al 46% del total estatal; seguido de la capital con 24, es decir 29% y Cuauhtémoc con cinco, 6%, de acuerdo con el registro de Ficosec en el recuento sobre los delitos tipificados como crímenes de odio contra mujeres.

“En 2017, 181 niñas menores de 15 años fueron asesinadas en nuestro país: 21 de ellas tenía menos de un año, 44 tenían entre 1 y 4 años, 29 entre 5 y 9 años y 87 estaban entre los 10 y 14 años, de acuerdo con los registros de defunción del Instituto Nacional de Estadística y Geografía”.

La propuesta del legislador de Morena con carácter de decreto implica un artículo único que busca modificar el 126 bis del código penal para leerse:

Artículo 126 bis. A quien prive de la vida a una mujer por razones de género, se le impondrá de cuarenta y cinco a sesenta y cinco años de prisión y la reparación integral del daño.

Además, se aumentará de uno a veinte años la pena de prisión impuesta, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

I a III …
IV. Cuando la víctima fuere niña o adolescente o adulta mayor; de pueblos originarios; estuviere embarazada; sufriere discapacidad física, mental, intelectual o sensorial; o se encuentre en cualquier otra condición especial.

V a XI. …

XII. A quien provoque la privación dolosa de la vida cometida en contra de niñas menores de edad o que no tengan la capacidad mental, ya sea hija descendiente o colateral hasta en cuarto grado, hermana, adoptada, que tenga alguna relación afectiva o de cuidado, sabiendo el delincuente esta relación de responsabilidad, confianza o poder que les otorga su situación adulta sobre la minoría de edad de la menor.

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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