Las mujeres embarazadas que trabajan podrían descansar un total 14 semanas y no 12, como parte de los periodos requeridos antes y después del parto.
Así se establece en la iniciativa presentada por el senador del PRI, Jesús Casillas Romero que reforma la fracción V del artículo 123 de la Constitución Política, para ampliar de seis a siete semanas anteriores y, el mismo número después del parto, el descanso del que podrán gozar las mujeres trabajadoras embarazadas.
Añade que los periodos se darían completos y se prorrogarían por el tiempo necesario, en caso de que la mujer esté imposibilitada para trabajar a causa del embarazo o del parto.
El legislador explicó que el propósito es garantizar la salud de las madres trabajadoras y del producto de la concepción durante los periodos de gravidez y postparto, conforme a los estándares internacionales.
Añadió que se pretende implantar la licencia por maternidad y prestar amparo especial a la mujer durante el embarazo, de acuerdo al estándar internacional que señala que la garantía de disfrutar de un descanso obligatorio con goce de salario es de 14 semanas, a fin de salvaguardar la protección social a la maternidad y preservar la salud de la mujer y del producto de la concepción.
Casillas Romero destacó que los plazos establecidos en la Constitución para las mujeres embarazadas tanto del servicio privado como público, discrepan entre sí, “con diferencias hasta discriminatorias entre una trabajadora de la iniciativa privada y una del servicio público”, pues la primera sólo gozaría de un descanso de 84 días y la segunda lo tiene como un descanso de 90 días.
Especificó que a pesar de que se debiera tener un tratamiento similar, tanto las trabajadoras del sector público como las del privado se encuentran por debajo de las 14 semanas de descanso previstas para el estándar internacional, que equivaldrían a 98 días.
El senador Jesús Casillas presentó la iniciativa a nombre propio y del senador Carlos Romero Deschamps, también del PRI y fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Segunda.
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