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Chihuahua

Piden la destitución del director de Atención Ciudadana por entregar despensas en veda electoral

La fracción panista del Cabildo Municipal solicitaron la inmediata destitución de Héctor Fernando Villarreal Estrada, director de Atención Ciudadana y Desarrollo Social por haber utilizado empleados de su dependencia para agredir a la ciudadanía presente durante una manifestación social el pasado 28 de Febrero, a su vez, ser evidenciado repartiendo despensas durante la presente veda electoral.

La fracción panista del Cabildo Municipal solicitaron la inmediata destitución de Héctor Fernando Villarreal Estrada, director de Atención Ciudadana y Desarrollo Social por haber utilizado empleados de su dependencia para agredir a la ciudadanía presente durante una manifestación social el pasado 28 de Febrero, a su vez, ser evidenciado repartiendo despensas durante la presente veda electoral.

Los regidores de Acción Nacional, presididos por Carlos Rivas, señalaron además que en lo correspondiente a su calidad como servidor público, Villarreal Estrada su ha ejercido un trabajo deficiente y cuestionable, entre lo cual, despedir injustificadamente a una madre embarazada, verse expuesta su falta de cuidado con el edificio de su dependencia al inundarse sus instalaciones, mostrar falta de respeto a los adultos mayores al no atenderles de manera eficaz, por el contrario, mentirles, y demandarles dar vueltas constantemente.

Igualmente, los regidores del PAN exigieron sanción a los regidores Patricia Hernández Anchondo y Jorge Arturo Arizpe Cepeda, quienes evidentemente violentan el Acuerdo INE/CG66/2015 del Instituto Nacional Electoral, luego de que el pasado 25 de mayo de 2015, la Sala Regional Especializada del Tribunal Federal Electoral, determinó la existencia de la infracción relativa a la violación al principio de imparcialidad, atribuida al Regidor con licencia Jorge Arturo Arizpe Cepeda, por inobservar la normatividad electoral en su carácter de Regidor.

El Partido Acción Nacional  anunció que se procederá de igual manera en contra de la Regidora Rosa Carmona y la Regidora con licencia Patricia Hernández Anchondo, a ser exhortados para que en los próximos días se convoque a una sesión extraordinaria, con el fin de emitir un Acuerdo mediante el cual se revoquen las licencias en los términos en las que se aprobaron para el Regidor Jorge Arturo Arizpe Cepeda y la Regidora Patricia Hernández Anchondo, la cual además, ha sido irresponsable al dejar su encargo sin representación, señalaron.

En otro contexto, llamó la atención la exclusión de la mayoría de los medios de comunicación que cubren cotidianamente la actividad del Cabildo Municipal, desarrollado esta mañana en el kilómetro 18 en Guadalupe, zona rural del municipio. La principal finalidad de haber realizado la jornada cívica en dicho sector obedece a dar a conocer su desarrollo a la ciudadanía de la zona, pero paradójicamente, imperó la ausencia de compañeros reporteros y jefes de información.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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