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Chihuahua

Piden proteger las tuberías ante el descenso de temperatura por frente frío no. 35

La Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Chihuahua (JMAS), emitió una serie de recomendaciones a sus usuarios a fin de proteger las tuberías externas para evitar posibles rupturas ante un probable descenso de temperatura ocasionado por la entrada del frente frío número 35 a partir de este domingo 14 de febrero.

Las tuberías que se encuentran a la intemperie, como las usadas para los tinacos, deben ser cubiertas con hule espuma, papel periódico o bolsas de plástico, lo que evitará que el agua estancada dentro de la tubería se congele y provoque desabasto en las viviendas, medida que incluso puede prevenir se revienten las líneas.

Además, el organismo recomienda a los usuarios cubrir las bombas hidroneumáticas y los calentadores de agua, así como el arco medidor.

Cabe mencionar que la red de suministro opera con normalidad, toda vez que el sistema de distribución está instalado en el subsuelo, por lo que no hay riesgo de daños por las bajas temperaturas.

Para proteger las tuberías se recomienda seguir los siguientes pasos:

Paso 1: Colocar una capa de periódico en las tuberías expuestas.

Paso 2: Fijar con una capa de cinta adhesiva.

Paso 3: Colocar una capa con bolsas de plástico (pueden ser del supermercado).

Paso 4: Nuevamente fijar con otra capa de cinta adhesiva.

Paso 5: Colocar una segunda capa con bolsas de plástico.

Paso 6: Finalmente fijarla con cinta adhesiva.

Así mismo, se exhorta a monitorear las líneas internas de los domicilios a fin de evitar escurrimientos que puedan llegar a la calle y afecten a terceros.

La JMAS recuerda a los usuarios que pone a su disposición el número telefónico 073 para la atención de reportes, así como la página de Facebook JMAS Chihuahua.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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