Conecta con nosotros

Chihuahua

Plantean necesidad de respetar el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación

En el marco de la Expo de los Pueblos Indígenas Chihuahua, el Instituto Estatal Electoral (IEE) y el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) realizaron el conversatorio en el cual plantearon la necesidad de respetar el derecho de las comunidades indígenas a su libre determinación y generar acciones afirmativas para aumentar su participación político-electoral y representación en la toma de decisiones.

“En nuestro estado está en marcha una consulta indígena, en la cual el Instituto Estatal Electoral participa como órgano garante, atestiguando su desarrollo” expresó la consejera electoral, Claudia Arlett Espino, quien al inicio del conversatorio hizo un recorrido por los temas de la agenda pública y política, necesarios para una real inclusión de los pueblos originarios en los órganos de gobierno.

La consejera electoral destacó que se busca una armonización legislativa que garantice una mayor participación política indígena en el estado y todo el país.

En ese sentido, el consejero presidente del IEE, Arturo Meraz González, expresó que “para que las comunidades indígenas participen en los procesos político-electorales, debemos de conocer su cosmovisión y respetar sus sistemas normativos”.

Esto, tras hacer una ponencia sobre el panorama nacional en que se encuentran los pueblos originarios de México, así como de las sentencias que han emitido los tribunales electorales y que han obligado a los estados a implementar medidas específicas para garantizar el correcto ejercicio de los derechos de las comunidades indígenas.

En el caso de Chihuahua, precisó Meraz González, que la propia condición geográfica donde se concentra la mayor cantidad de los pueblos originarios, por su extensión, dispersión y difícil acceso, representan un obstáculo para la participación de los pueblos originarios.

Saúl Rodríguez Camacho, consejero electoral del IEE, habló sobre los derechos indígenas y su libre determinación o autodeterminación. Ante la audiencia de niñas y niños indígenas, el consejero explicó en términos muy sencillos qué es la libre determinación y cómo se aplica al interior de las comunidades y en relación al resto del mundo.

“Las comunidades indígenas tienen derecho a la libre determinación, pero hay una gran brecha en la implementación de ese derecho y el proceso de su reconocimiento ha sido lento en nuestro país”, puntualizó.

El también consejero electoral del IEE, Gerardo Macías Rodríguez, destacó que “la autoadscripción es un derecho consagrado en la Constitución y se debe de garantizar la protección de ese derecho por parte de los estados e instituciones”. Presentó una serie de características que enmarcan el proceso de autoadscripción y la polémica que se ha dado acerca de ese derecho, tanto al interior de los pueblos originarios como a nivel institucional.

Entre tanto que Anabel López Sánchez, representante del INPI, expuso la situación de las mujeres indígenas en cuanto a partición política y una triple barrera que enfrentan por ser mujeres, por ser indígenas y por ser pobres.

“Las mujeres no renuncian, las obligan a renunciar y es importante que los partidos políticos asuman esa responsabilidad y que las autoridades electorales construyan mecanismos para que las mujeres puedan desempeñar sus cargos públicos”, dijo durante su intervención.

López Sánchez puso como ejemplo su estado de Oaxaca donde 417 municipios se rigen por los sistemas normativos, conocido como usos y costumbres, y recalcó que el ejercicio de los derechos político-electorales de las comunidades indígenas es un gran pendiente; todavía no se tiene una legislación que garantice ese derecho respetando su propia forma de organización de gobierno.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto