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Chihuahua

Presentan reforma al Código de Procedimientos Civiles en el Estado

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Este martes, el Diputado Miguel Vallejo presentó iniciativa de ley con la finalidad de reforma al artículo 218 del Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Chihuahua.
Dicho código contempla que en la audiencia preliminar quién no comparezca tendrá repercusiones tales como el desechamiento de la demanda, en este caso para la parte actora sin permitirles autorizar a representantes legales de conformidad con el artículo 39 de la misma ley, es decir que puedan desahogar material probatorio o bien asistir a las audiencias, y esto entorpece los procedimientos violando su principio de acceso a la justicia.
El legislador añadió que “Lo que se pretende con esta reforma es que ahora si alguna de las partes no puede comparecer a la audiencia preliminar pueda ir alguien en su lugar con facultades para ofrecer, promover y desahogar pruebas, así como interponer los recursos que procedan alegar en las audiencias y todo lo que sirva para realizar actos en el proceso de defensa en representación del autorizante “.
Por último mencionó que “Con esta modificación los juicios podrán agilizarse más y evitar los desgastantes trámites burocráticos, tiempo y trabajo, ya sea para las partes como para el tribunal, pues dice que si una persona tiene el interés de presentar una demanda insistirá hasta que la misma se resuelva de fondo ya sea a favor o en contra, ya que el desechamiento no será razón suficiente para impedir que nuevamente la presente, y en su caso lo único que se logra es el malestar de las partes, pérdida de tiempo en las partes como de quienes imparten justicia, así como más gastos que se generan por los mismos trámites».

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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