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México

Profeco multa a 5 aerolíneas con 22.4 mdp por cobros indebidos

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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aplicó multas por 22.4 millones de pesos a cinco aerolíneas por realizar cobros indebidos por la primera maleta documentada en vuelos desde la Ciudad de México a Estados Unidos y Canadá.
La multa fue aplicada de acuerdo a las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), la Ley de Aviación Civil (LAC) y su reglamento.

Además de las sanciones a Volaris, Interjet, Aeroméxico, VivaAerobus y JetBlue Airways, Profeco informó que mantiene abiertos sendos procesos en contra de United Airlines y American Airlines por esta misma infracción, los cuales se resolverán en los próximos días.

Se determinó que las aerolíneas sancionadas han incurrido en publicidad engañosa, actos discriminatorios, cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión y otras prácticas que violentan los derechos de los pasajeros.

De acuerdo con las modificaciones que entran en vigor hoy martes 27 de junio, entre otras, las aerolíneas deben:

En el contexto de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y de la Ley de Aeronáutica Civil (LAC) publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación, el Procurador en funciones, Rafael Ochoa Morales, destacó que este nuevo esquema empodera a los consumidores, fortalece sus derechos, les otorga restituciones económicas cuando sufren una afectación y brinda mayor transparencia para informar las causas de retrasos, demoras y cancelaciones.

A. Informar a los pasajeros a través de medios electrónicos y en módulos de atención las causas de retrasos, demoras y cancelaciones en vuelos.
B. En caso de retraso imputable a las aerolíneas, deberán indemnizar a los pasajeros de acuerdo con el artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, en los siguientes términos:
En demoras superiores a una hora e inferiores a cuatro horas se compensará de acuerdo con las políticas de cada empresa, se ofrecerán descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado y se brindarán alimentos y bebidas.

En el caso de demoras mayores a dos horas, pero menores a cuatro, los descuentos incluidos no podrán ser menores al 7.5% del precio pagado por el boleto, más alimentos y bebidas. Además, la línea aérea debe proporcionar a los pasajeros acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.

En demoras mayores a cuatro horas aplicarán las opciones de indemnización establecidas para “cancelación”, en las cuales se contemplan los siguientes supuestos:

I. Reintegrar el precio del boleto o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, más una indemnización que no podrá ser inferior al 25% del precio del boleto, la cual deberá pagarse en un periodo máximo de 10 días naturales.
II. La aerolínea debe ofrecer espacio en el primer vuelo disponible, proporcionar acceso a llamadas telefónicas, correos electrónicos, de ser necesario otorgar alimentos, alojamiento y transporte desde y hacia el aeropuerto.
III. Cambiar el vuelo por una fecha posterior, en la que se aplica la indemnización de por lo menos el 25% del precio original del boleto.

Los usuarios tienen derecho a transportar como mínimo, y sin cargo alguno, 25 kilos de equipaje documentado y hasta dos piezas de equipaje de mano de no más de 10 kilogramos, en vuelos nacionales e internacionales que tengan como origen nuestro país.

Las aerolíneas están obligadas a informar a los consumidores los términos, condiciones, políticas de compensación y listados de sus derechos contenidos en la Ley de Aviación Civil, al comprar el boleto y en los módulos de atención al pasajero.

Ochoa Morales destacó que estas nuevas reglas brindan un marco de mayor certidumbre a los usuarios del transporte aéreo.

México

Senado aprueba Ley General de Aguas en medio de acalorado debate y críticas de oposición

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El Senado mexicano aprobó este jueves, con 85 votos a favor y 36 en contra, el proyecto de decreto que expide la Ley General de Aguas y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos del país por sequías, conflictos por concesiones, crecimiento urbano y alta demanda del sector agrícola.
La minuta fue remitida al Senado por la Cámara de Diputados, que la aprobó tras 24 horas de acaloradas discusiones. La iniciativa deriva de una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, así como priorizar su consumo humano y doméstico ante autorizaciones, permisos, concesiones y asignaciones del recurso.
El senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, aseguró que el centro de este proyecto es la persona y no los grandes acaparadores de agua, pues se crea un trinomio virtuoso entre tierra, agua y gente. Afirmó que la legislación es la mayor aliada de los productores y campesinos de México, ya que elimina la visión mercantilista del agua y la regresa a su dueño legítimo, que es el pueblo de México.
La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, señaló que esta reforma convierte el agua en un instrumento de manipulación política y electoral. Apuntó que le da al gobierno federal la posibilidad de decidir de manera discrecional quién mantiene su concesión, quién la pierde, a quién le reducen volúmenes de agua y a quién sí le permiten operar, lo que demuestra que es peligroso para la democracia, el campo, la seguridad alimentaria y las familias.
Carolina Viggiano, del PRI, advirtió que el proyecto no contó con estudios económicos ni presupuestales, no cuenta con análisis de impacto financiero y tampoco se asegura inversión para la infraestructura, operación ni vigilancia de los sistemas de agua. Además, señaló que no se consultó a los pueblos originarios.
Luis Donaldo Colosio, de Movimiento Ciudadano, indicó que los cambios abren la puerta a más control gubernamental sin contrapesos reales, a más trámites y a más incertidumbres para el campo mexicano. Afirmó que se concentran atribuciones en la Comisión Nacional del Agua sin reglas claras, crece el riesgo de arbitrariedad, corrupción, favoritismos y castigo político, además de que se crea incertidumbre en la asignación de derechos y volúmenes, lo que desincentiva la inversión, la tecnificación y frena proyectos.
La nueva Ley General de Aguas establece que las concesiones para el uso del vital líquido no podrán ser intercambiadas entre particulares, con la obligatoriedad de que sea la Conagua la que las distribuya de nuevo.
La discusión y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores ocurre en un contexto donde el sector agrícola consume cerca del 75 por ciento del agua disponible para consumo en el país.

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