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Chihuahua

Propone diputada tipificar el sexting como delito en Chihuahua

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Laura Marín presidente de la comisión de Justicia dio a conocer que ante el creciente y acelerado desarrollo de las tecnologías de información y comunicación, que ha trastocado las dinámicas que estaban en décadas pasadas. Resalto que existen aplicación y dispositivos que se pueden tomar fotografías, audio, video y que se pueden transmitir por el internet, pero que dentro del tema también ha representado una amenaza a la vida y privacidad de las personas.
Informo, que las funciones de estos dispositivos electrónicos, el internet y la proliferación de las redes sociales, han facilitado y creado las condiciones para la ocurrencia de delitos electrónicos como estafas, usurpación de la identidad, creación de personajes e identidades ficticias, secuestros, delitos sexuales, así como, la profundización de situaciones de acoso y la exposición no consensuada de la vida privada de las personas: hecho que ha afectado principalmente y de manera significativa a las mujeres.
La ONU sostiene que 95% de las conductas agresivas, el acoso, el lenguaje insultante y las imágenes denigrantes que aparecen en los espacios en línea se dirigen hacia mujeres y proceden de sus compañeros o ex compañeros hombres.
Conforme a todo esto, es que nace el fenómeno denominado como «Sexting», el cual es un reflejo de la suma de violencias hacía las mujeres, por una parte tiene que ver con la criminalización histórica hacía las mujeres que han mostrado su cuerpo, que han sido expuestas en situaciones sexuales, o cualquier otro contexto que no sea el que se considera es exclusivo de las mujeres y sean visualizadas como «malas» y, por ende, se conviertan en blanco de acoso, burlas, y todo tipo de actos violentos psicológicos y físicos. La idea de poner en evidencia los por qué ocurre el Sexting, tienen una relación directa con sucesos violentos que activistas y defensoras de los derechos humanos de las mujeres han señalado en múltiples ocasiones
Dio a conocer Marín, que en el «Sexting» parece evidente que la persona (generalmente menor de edad) no está percibiendo amenaza alguna contra su privacidad, ni es consciente desde el punto de vista la seguridad. La persona se coloca a sí misma en una situación de vulnerabilidad al no tomar en cuenta el riesgo que supone la posibilidad de pérdida de control de cualquier información que sale del ámbito privado y que puede pasar a ser de dominio público.
Desde una perspectiva de derechos humanos y de derechos de las mujeres y las niñas, el Sexting es claramente una forma de violencia en la comunidad, debido a que los actos individuales o colectivos transgreden derechos fundamentales de las mujeres en el ámbito público, propiciando así su denigración, discriminación, marginación o exclusión; se basa en el uso de estereotipos discriminatorios sobre las mujeres y sus cuerpos. Lo que refleja el Sexting y la impunidad sobre la cual se desarrolla, es una concepción del cuerpo de la mujer: que no le pertenece, que puede ser usado, agredido, y vejado por los hombre, tal como sucede en todas las agresiones, y cuya imagen tampoco le pertenece, por lo que pueden ser fotografiadas, filmadas y difundidas sin su consentimiento. Es otra forma de despojo de la autonomía de las mujeres y de control de su cuerpo, que como algunos casos lo sugieren, se conecta directamente con otras formas de violencia contra las mujeres como el feminicidio y/o las agresiones sexuales.
Recientes estudios e investigaciones, revelan que las personas que han sufrido «Sexting» muestran un impacto severo en su estima. Generan además cuadros de depresión y aislamiento; son afectados en sus relaciones con sus familiares y amigos; y en casos extremos pueden llegar a atentar contra sus vidas.
Marín recalco dentro de su iniciativa que a quien sin consentimiento revele, divulgue o utilice indebidamente imágenes de contenido sexual o erótico, y se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de cien a doscientos de días de multa.

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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