El Ejecutivo Estatal presentó este miércoles al Congreso local una iniciativa de decreto, a fin de reformar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, a efecto de transformar al Tribunal Estatal Electoral (TEE) en Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Estado.
Con lo anterior se pretende aprovechar al máximo la existencia de una institución consolidada jurídica y materialmente, al constituirlo en una instancia que, además de tener plena jurisdicción en materia electoral, se encargue de las controversias en materia contenciosa administrativa.
El Tribunal Estatal Electoral como órgano de legalidad, con patrimonio propio, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, fue creado el tres de septiembre de 1997, a raíz de la reforma a la Constitución Política del Estado de Chihuahua. Su permanencia y funcionamiento ha generado una solvencia técnica del capital humano que se encuentra por demás probada y reconocida, por lo que de aprobarse esta propuesta del Ejecutivo conservaría su esencia, pero se fortalecerá al ampliar sus atribuciones.
De acuerdo con la propuesta enviada, actualmente los estados de Chihuahua, Puebla y Coahuila son las únicas entidades federativas que carecen de un tribunal que se encargue de las controversias en materia administrativa.
Por lo tanto, la creación de un tribunal de lo contencioso administrativo “resulta una tarea impostergable en la entidad, toda vez que la dinámica de la administración pública hace necesario dotar de garantías, tanto a los particulares como a las propias autoridades. Esto es, el aseguramiento del debido actuar de la gestión gubernamental, el cual representa un beneficio de doble vía, tanto para el operador como para el destinatario”, señala la iniciativa.
Asimismo, destaca que históricamente en el estado de Chihuahua la regulación de los procedimientos de impugnación ante la propia administración estatal ha estado dispersa, pues los diferentes procedimientos administrativos y las vías para controvertirlos, se han establecido de forma particular por la normativa de cada materia, con tantos procedimientos y recursos como leyes que regulan alguna rama de la administración pública.
“Por lo que hace a los procesos contenciosos administrativos, la normativa se ocupa únicamente de la materia fiscal, misma que se encuentra configurada de manera tal que es ejercida por las Salas Civiles del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (mismas que se encargan de la instrucción), cuyo Pleno (compuesto por salas civiles y penales) resuelve en definitiva, mediante un procedimiento establecido básicamente en el Código Fiscal del Estado”, detalla.
Por lo tanto, enfatiza “existe una necesidad real de reorganizar la legislación administrativa a efecto de dar unidad al procedimiento administrativo y a los medios de impugnación ante la propia autoridad o en su caso ante un tribunal especializado”.
En ese sentido, hace hincapié en que “al atribuirle competencia en la materia contenciosa administrativa el Tribunal Estatal Electoral fortalecerá su viabilidad técnica, porque lleva implícito un criterio económico evidente y plausible, consistente en que la reforma se ocupa únicamente de cuestiones legales, no así de aspectos materiales y económicos, puesto que la intención de la reforma es precisamente aprovechar el patrimonio material y humano del órgano”.
Por lo tanto, destaca que lo anterior implica que las finanzas públicas no se verán afectadas por la medida propuesta, ya que la estructura actual del TEE resulta suficiente y adecuada para llevar a cabo las funciones que se propone le sean atribuidas.
Finalmente, menciona que el modelo para dotar a un tribunal en materia electoral de jurisdicción contenciosa administrativa, ya ha sido aprobado en otras entidades federativas y su constitucionalidad ha sido valorada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
You must be logged in to post a comment Login