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México

Publican la Ley General de Víctimas; hoy será firmada

El Congreso de la Unión publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General de Víctimas, que entrará en vigor dentro de 30 días.

Consta de 189 artículos organizados en 10 títulos y será firmada este miércoles por el presidente de México, Enrique Peña Nieto.

El objeto de esta ley es reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, restitución de garantías violadas, debida diligencia, no repetición y todos los demás consagrados en la Constitución y en tratados.

También establecer y coordinar las acciones necesarias para promover, respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las víctimas; así como establecer mecanismos para que todas las autoridades cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar y lograr la reparación integral.

La ley indica que se crea el Sistema Nacional de Atención a Víctimas, cuyo objetivo es establecer, regular y supervisar las directrices, planes, programas, proyectos, acciones y demás políticas públicas que se implementan para la protección, asistencia, atención a las víctimas en los ámbitos local, federal y municipal.

Este sistema, que deberá crearse dentro de los 90 días naturales luego de la entrada en vigor de la ley, estará constituido por todas las instituciones y entidades públicas federales, locales y municipales, organismos autónomos y demás organizaciones encargadas de la protección, ayuda, atención y defensa de los derechos de las víctimas.

El documento expone que 30 días después de crearse el sistema, se debe integrar la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, órgano que permite la representación y participación directa de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil en la gestión y la construcción de políticas públicas.

Así como el ejercicio de labores de vigilancia, supervisión y evaluación de las instituciones integrantes del sistema, con el objetivo de garantizar un ejercicio transparente de sus atribuciones.

Para garantizar que estén representados grupos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención a éstas, la comisión se conformará por cinco comisionados especialistas en derecho, psicología, derechos humanos, sociología o especialidades equivalentes, propuestos por universidades públicas.

Además de cuatro comisionados que representen a grupos de víctimas, propuestos por organizaciones no gubernamentales, registradas ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con actividad acreditada en atención a víctimas de al menos cinco años, o por los organismos públicos de derechos humanos.

Para la elección de los comisionados, el Senado conformará una Comisión Plural integrada por los presidentes de las comisiones de Justicia, Gobernación, Grupos Vulnerables y Equidad de Género, que se constituirá en la comisión responsable de encabezar el proceso de selección y que recibirá las propuestas de comisionados.

La Comisión Ejecutiva se instalará por primera vez con la designación de nueve consejeros. La primera terna durará en su encargo un año; la segunda terna, tres años y la tercera terna, cinco años.

El decreto expone que el Reglamento de la presente ley deberá expedirse dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigor.

En un plazo de 180 días naturales los Congresos locales deberán armonizar todos los ordenamientos relacionados con la presente ley; además de que se deberán reformar las leyes y reglamentos de las instituciones que prestan atención médica para brindar atención de emergencia a las víctimas.

En el mismo plazo las autoridades que integrarán el Sistema Nacional de Víctimas deberán reformar sus reglamentos a efecto de señalar los departamentos que estarán a cargo de las obligaciones que le impone esta nueva función; mientras que las procuradurías, tanto federal como estatales, debersán generar los protocolos necesarios en materia pericial.

Las funciones de la defensoría en materia de víctimas asignadas a los defensores públicos federales por la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, serán asumidas por la Asesoría Jurídica Federal a partir de la entrada en vigor de la Ley General de Víctimas.

Esta legislación se publica luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) canceló la controversia constitucional interpuesta, el 19 de julio de 2012, por el gobierno del ex presidente Felipe Calderón Hinojosa, argumentando que la Ley General de Víctimas no tenía sustento sobre la reparación del daño.

Asimismo que el Congreso no tenía atribuciones directas para determinar las acciones de los estados en esa materia, por lo que era necesaria una reforma constitucional.

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México

Pone ‘El Mayo’ ultimátum: me repatrian o el colapso

Ismael «El Mayo» Zambada, líder de Cártel de Sinaloa, exigió al Gobierno de México que reclame a Estados Unidos su repatriación porque, de no hacerlo, la relación entre los dos países sufrirá un «colapso».

Juan Manuel Delgado González, asesor jurídico de Zambada en México, confirmó que la petición fue presentado ayer en el Consulado General de México en Nueva York un escrito al que tuvo acceso Grupo Reforma y donde Zambada exige que lo defienda el gobierno.

Debe intervenir (el gobierno) a fin de que el presente asunto no resulte en un colapso en la relación bilateral entre ambos países, puesto que no se debe de perder de vista la irregular e ilegal manera en que el suscrito fui puesto a disposición de las autoridades de los Estados Unidos de América».

En julio del 2024, Zambada fue engañado por Joaquín Guzmán López, hijo de «El Chapo» Guzmán, fue secuestrado para llevarlo a Texas donde enfrenta cargos por delincuencia organizada, homicidio, narcotráfico en gran escala y lavado de dinero, entre otros.

En la solicitud de asistencia consular, el capo señala que si no se interviene en favor de sus derechos, políticos y funcionarios mexicanos también pueden ser secuestrados y trasladados ilegalmente al país vecino.

Por lo anterior, expresa que la respuesta del Estado mexicano «no es opcional», porque tiene la obligación ineludible de defenderlo.

«Si el Gobierno de México no actúa, el suscrito seré condenado a pena de muerte sin lugar a ninguna duda y además esto constituirá un precedente peligroso que permitiría que en cualquier momento cualquier gobierno extranjero pudiera de manera impune violentar nuestro territorio y soberanía, interviniendo para la detención de cualquier persona, incluso políticos o funcionarios del Gobierno, para ser trasladados a la jurisdicción norteamericana sin que nada suceda», manifiesta.

«Exijo y demando que el Estado mexicano cumpla con su obligación ineludible de intervenir de manera inmediata, contundente y sin margen de discrecionalidad para exigir formalmente a los Estados Unidos de América garantías y seguridades absolutas, plenas, vinculantes e irrevocables de que no se me impondrá ni se ejecutará la pena de muerte en su jurisdicción. Esta exigencia no es opcional, ni puede ser interpretada como una cuestión de oportunidad política o diplomática».

El documento firmado por Zambada advierte que, de no haber una exigencia categórica y formal de sus garantías, «constituiría una traición al sistema jurídico mexicano» y al deber del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos, sin excepción alguna.

«En este contexto, en cuanto hace a mi asunto en particular, resulta una obligación del Estado Mexicano: presentar una protesta formal ante las autoridades estadounidenses, señalando la violación del Tratado (de México y Estados Unidos para prohibir los secuestros transfronterizos) y exigiendo el respeto a la soberanía mexicana y al debido proceso legal», señala.

Solicitar la repatriación inmediata de mi persona, argumentando que mi traslado fue ilegal y que cualquier proceso judicial en mi contra debe llevarse a cabo en México, conforme a las leyes nacionales y los acuerdos internacionales vigentes».

En una parte de su escrito, el líder del Cártel de Sinaloa requiere al Gobierno de México para que pida a los estadounidenses un informe detallado de las circunstancias de su secuestro y traslado, identificando quiénes permitieron su entrada a la Unión Americana y bajo qué base legal.

También, que le informen la identidad de las personas involucradas en su traslado, tanto del lado estadounidense como del lado mexicano.

La razón por la que alega que el Gobierno federal debe exigir la cancelación del proceso al que está sometido en Nueva York, es precisamente porque el procedimiento tiene como origen su secuestro y traslado ilegal a la Unión Americana.

«Esta exigencia no es una cuestión discrecional ni sujeta a consideraciones políticas o diplomáticas», dice.

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