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Qué es y quiénes deberán considerar la emisión de la Carta Porte al viajar por autopista

En medio de una serie de cambios por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), surgieron nuevas dudas sobre la llamada Carta Porte, por lo que en este espacio digital detallaremos a qué se refiere y quiénes deben emitirla para evitar sanciones.

Y es que como parte de la Miscelánea Fiscal 2022 se solicitará este documento, no solo para amparar y regular el transporte de mercancía a territorio nacional, sino también de bienes particulares que sea traslado en el país.

De acuerdo con el SAT, el CFDI es un documento fiscal digital, que se emite por la prestación de servicios de autotransporte, tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.

Asimismo, en el CFDI se debe desglosar el traslado y en caso de que el receptor sea persona moral, debe efectuar la retención del IVA.

Aunque de acuerdo con la nueva regla aplicada en la Miscelánea, todo poseedor, tenedor o propietario de “bienes o mercancías” que conformen parte de sus activos, tienen que tramitar un Complemento de Carta Porte (CCP) ante la autoridad fiscal.

En ese sentido, al abrir el concepto de no sólo mercancías sino incorporar además a otros bienes, podría ser aplicable para cualquier movilización de objetos, o productos y no sólo cuando están destinados a su comercio o como suministro para alguna industria, sino que puede referirse a casi cualquier tipo.

Según la autoridad fiscal el objetivo es que el uso del complemento Carta Porte disminuya el contrabando, además de que se tendrá trazabilidad de los productos que ingresan y circulan por el país.

Reiteró que el complemento Carta Porte no se requiere para la circulación dentro de las ciudades. Es decir, si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita complemento Carta Porte. Tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Según el SAT, aquellos que deberán considerar el trámite de este documento son:

-Aquellos que se dedican al traslado de bienes o mercancías, deberán emitir un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que está prestando, así como el traslado en territorio nacional.

-Por ejemplo, si le contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberá emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte.

-Si le contratan para transportar mercancía de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), deberá emitir una factura electrónica de tipo Ingreso con el complemento Carta Porte.

-Si es el propietario de los bienes o mercancías o actúa como intermediario o agente de transporte y necesitas trasladar mercancías, emita un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional.

-Por ejemplo, si transporta un lote de zapatos con su propio camión de carga desde Guanajuato a la CDMX, deberá emitir una factura electrónica de traslado con complemento Carta Porte.

Si es el propietario de los bienes o mercancías y necesita trasladarlas con sus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad (no utilizas carreteras federales), también deberá emitir una factura electrónica de tipo traslado con el complemento Carta Porte.

Hay que recordar que si la factura electrónica que emita a sus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar deducciones.

En tanto, será importante detallar la serie de cambios que considerará el fisco en la Miscelánea, a partir de este año.

Entre los cambios destacan RFC obligatorio, vigilancia de depósitos, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), pago de impuestos, así como cancelación de IVA en algunos artículos.

Lo que se buscará será simplificar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por medio de la facturación electrónica. Se trata de un nuevo régimen fiscal en el que los contribuyentes de menores ingresos podrán tener sus impuestos calculados de manera automática, ya que las declaraciones estarán programadas.

También se eliminará el IVA en alimentos para perros y gatos, ya que lo que se plantea es ofrecer algo similar al de los humanos. Actualmente aplica el 16% desde 2019.

México

Pone ‘El Mayo’ ultimátum: me repatrian o el colapso

Ismael «El Mayo» Zambada, líder de Cártel de Sinaloa, exigió al Gobierno de México que reclame a Estados Unidos su repatriación porque, de no hacerlo, la relación entre los dos países sufrirá un «colapso».

Juan Manuel Delgado González, asesor jurídico de Zambada en México, confirmó que la petición fue presentado ayer en el Consulado General de México en Nueva York un escrito al que tuvo acceso Grupo Reforma y donde Zambada exige que lo defienda el gobierno.

Debe intervenir (el gobierno) a fin de que el presente asunto no resulte en un colapso en la relación bilateral entre ambos países, puesto que no se debe de perder de vista la irregular e ilegal manera en que el suscrito fui puesto a disposición de las autoridades de los Estados Unidos de América».

En julio del 2024, Zambada fue engañado por Joaquín Guzmán López, hijo de «El Chapo» Guzmán, fue secuestrado para llevarlo a Texas donde enfrenta cargos por delincuencia organizada, homicidio, narcotráfico en gran escala y lavado de dinero, entre otros.

En la solicitud de asistencia consular, el capo señala que si no se interviene en favor de sus derechos, políticos y funcionarios mexicanos también pueden ser secuestrados y trasladados ilegalmente al país vecino.

Por lo anterior, expresa que la respuesta del Estado mexicano «no es opcional», porque tiene la obligación ineludible de defenderlo.

«Si el Gobierno de México no actúa, el suscrito seré condenado a pena de muerte sin lugar a ninguna duda y además esto constituirá un precedente peligroso que permitiría que en cualquier momento cualquier gobierno extranjero pudiera de manera impune violentar nuestro territorio y soberanía, interviniendo para la detención de cualquier persona, incluso políticos o funcionarios del Gobierno, para ser trasladados a la jurisdicción norteamericana sin que nada suceda», manifiesta.

«Exijo y demando que el Estado mexicano cumpla con su obligación ineludible de intervenir de manera inmediata, contundente y sin margen de discrecionalidad para exigir formalmente a los Estados Unidos de América garantías y seguridades absolutas, plenas, vinculantes e irrevocables de que no se me impondrá ni se ejecutará la pena de muerte en su jurisdicción. Esta exigencia no es opcional, ni puede ser interpretada como una cuestión de oportunidad política o diplomática».

El documento firmado por Zambada advierte que, de no haber una exigencia categórica y formal de sus garantías, «constituiría una traición al sistema jurídico mexicano» y al deber del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos, sin excepción alguna.

«En este contexto, en cuanto hace a mi asunto en particular, resulta una obligación del Estado Mexicano: presentar una protesta formal ante las autoridades estadounidenses, señalando la violación del Tratado (de México y Estados Unidos para prohibir los secuestros transfronterizos) y exigiendo el respeto a la soberanía mexicana y al debido proceso legal», señala.

Solicitar la repatriación inmediata de mi persona, argumentando que mi traslado fue ilegal y que cualquier proceso judicial en mi contra debe llevarse a cabo en México, conforme a las leyes nacionales y los acuerdos internacionales vigentes».

En una parte de su escrito, el líder del Cártel de Sinaloa requiere al Gobierno de México para que pida a los estadounidenses un informe detallado de las circunstancias de su secuestro y traslado, identificando quiénes permitieron su entrada a la Unión Americana y bajo qué base legal.

También, que le informen la identidad de las personas involucradas en su traslado, tanto del lado estadounidense como del lado mexicano.

La razón por la que alega que el Gobierno federal debe exigir la cancelación del proceso al que está sometido en Nueva York, es precisamente porque el procedimiento tiene como origen su secuestro y traslado ilegal a la Unión Americana.

«Esta exigencia no es una cuestión discrecional ni sujeta a consideraciones políticas o diplomáticas», dice.

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